Monterey County Grand Jury • 2021-2022 • Agency Response
Response to: 2021-2022 Civil Grand Jury Final Report

Eporte Inal

Published: June 30, 2015 146 pages
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Findings and Recommendations 19 findings

F1
Los valores de la propiedad y las asignaciones de impuestos sub-financian desproporcionadamente a los distritos de bomberos en todo el condado de Monterey.
Related Recommendations (1)
R1
NCFPD y MCRFD contratan a un consultor externo cualificado antes del 31 de diciembre de 2022 para estudiar la viabilidad de consolidar los dos distritos. RESPUESTA REQUERIDA Las siguientes respuestas son requeridas de acuerdo con el Código Penal §933 y §933.05: De los siguientes órganos de gobierno en un plazo de 90 días: • Distrito de Protección contra Incendios del Condado Norte Hallazgos: F1-12 Recomendaciones: R1 antes del 30 de septiembre de 2022 • Distrito Regional de Bomberos del Condado de Monterey 29 Hallazgos: F1-12 Recomendaciones: R1 antes del 30 de septiembre de 2022 RESPUESTAS INVITADAS • LAFCO Hallazgos: F1-12 Recomendaciones: R1 Los informes emitidos por el Gran Jurado no identifican a los individuos entrevistados. El Código Penal §929 requiere que los informes del Gran Jurado no contengan el nombre de ninguna persona o hechos que conduzcan a la identidad de cualquier persona que proporcione información al Gran Jurado. BIBLIOGRAFÍA (1) Auditor.lacounty.gov “what is the Educational Revenue Augmentation Fund (ERAF) 15.02.2017 (2) CaliforniaLocal.com “Monterey County Fire Districts Explained, A History,” 5 de diciembre de 2021 (3) “Demystifying the California Property Tax Apportionment System,” marzo de 2006, David Elledge, Contralor-Tesorero del Condado de Santa Clara. (4) dot.ca.gov 2017 Traffic Volumes: Route 101 (Central Coast) (5) ettfire.com Emerging Technology and Tactics, “Automatic versus Mutual Aid,” 11.01.2018. (6) firerescue1.com 02.03.20, “Automatic and Mutual Aid, The Response Conundrum” por Robert Rielago. (7) LAFCO del Condado de Monterey, “2020 Municipal Service Review and Sphere of Influence Study: Special Districts Providing Fire Protection in Unincorporated Monterey County, 22 de junio de 2020. (8) Oficina de Análisis Legislativo, 02.03.2020, “Reconsidering AB8: Exploring Alternate Ways to Allocate Property Taxes.” (9) Oficina de Análisis Legislativo, “Excess ERAF: A Review of the Calculations Affecting School Funding,” 06.03.2020. (10) montereyherald.com “Guest Opinion: Funding emergency facing North County Fire District,” Grant Leonard, 17.04.2 31 APÉNDICES APÉNDICE A: Distinciones entre paramédicos y EMT APÉNDICE B: Antigüedad de la flota de aparatos de bomberos del NCFPD APÉNDICE C: Fuentes de ingresos 32 APÉNDICE A SERVICIOS DE RESPUESTA MÉDICA PRESTADOS POR LOS DISTRITOS DE BOMBEROS MCRFPD NCFPD Paramédico Soporte Vital Avanzado EMT de soporte vital básico Administrar medicamentos, insertar vías Detener hemorragias externas, intravenosas, reanimar a los pacientes, administrar RCP, estabilizar a los proporcionar apoyo respiratorio utilizando pacientes tubos y dispositivos de ventilación La formación incluye de 1.200 a 1.800 La formación es de 120 a 150 horas de clase, clínica y prácticas de horas campo Los EMT realizan el examen del Los paramédicos toman el NREMT y el Registro Nacional de Técnicos de examen cognitivo de paramédico del Emergencias Médicas (NREMT, Registro Nacional por sus siglas en inglés) 33 APÉNDICE B EDAD DE LA FLOTA DE APARATOS DE BOMBEROS DEL NCFPD Tipo de Vehículo Año de Precio de Vida Año de Costo de compra compra útil reemplazo reemplazo a partir de 2019 Camión de bomberos 1988 $ 107.570 20 2008 $ 575.000 con cepillo Bomba de camión de 1990 $ 170.000 20 2010 $ 575.000 bomberos Rescate en la playa 1998 $ 26.800 15 2013 $ 65.000 Camioneta de servicios 1998 $ 25.693 15 2013 $ 55.000 públicos Vehículo de mando 2004 $ 22.545 10 2014 $ 70.000 Bomba de camión de 1996 $ 266.059 20 2016 $ 575.000 bomberos Bomba de camión de 1996 $ 170.000 20 2016 $ 575.000 bomberos Vehículo de mando 2006 $ 37.145 10 2016 $ 70.000 SUV de servicios 2001 $ 50.000 15 2016 $ 75.000 públicos Vehículo de mando 2007 $ 43.238 10 2017 $ 70.000 Camioneta de servicios 2002 $ 45.000 15 2017 $ 55.000 públicos Vehículo de mando 2008 $ 22.545 10 2018 $ 70.000 Water Tender 1995 $ 280.511 25 2020 $ 435.000 Vehículo para incendios 2001 $ 200.271 20 2021 $ 438.818 de arbustos Vehículo para incendios 2001 $ 200.271 20 2021 $ 438.818 de arbustos Bomba de camión de 2003 $ 350.327 20 2023 $ 575.000 bomberos Bomba de camión de 2003 $ 350.327 20 2023 $ 575.000 bomberos Rescate pesado 2005 $ 247.034 20 2025 $ 400.282 Camión escalera/bomba 2001 $ 490.310 25 2026 $ 850.500 Camión de agua 2004 $ 192.629 25 2029 $ 435.000 Bomba de camión de 2010 $ 435.000 20 2030 $ 575.000 bomberos Costos totales de sustitución de aparatos: $ 7.553.418 34 APÉNDICE C FUENTES DE INGRESOS Impuesto sobre la propiedad Proposición 13 - 40% va a los distritos especiales, la asignación se establece por ley. Impuesto sobre las ventas Propuesta 172, 9,13% va a los distritos especiales. Los distritos de bomberos asignan los ingresos. Evaluaciones especiales Los votantes del NCFPD aprobaron una evaluación en 2020 sólo para el NCFPD, $98/parcela residencial. Impuesto sobre el Cannabis $0.18/pie cuadrado sobre el cultivo, $0,10/pie cuadrado sobre los viveros, $1,00/pie cuadrado sobre la fabricación y los minoristas sólo para el MCRFD Subvenciones Beneficio para compras y mejoras puntuales. Infrautilizadas debido a la falta de recursos para realizar un seguimiento administrativo. Bonos Sólo pueden utilizarse para mejoras de las instalaciones y deben recibir la aprobación de 2/3 de los votantes. Reembolso de seguros La agencia subcontratada factura al seguro el reembolso médico. 35 36 EXCELENCIA EN ACCIÓN: RESPUESTA EDUCATIVA DEL CONDADO DE MONTEREY AL COVID-19 RESUMEN El Gran Jurado Civil del Condado de Monterey (MCCGJ, por sus siglas en inglés) se sintió obligado a investigar la respuesta educativa del Condado de Monterey a la Enfermedad por Coronavirus 2019 (COVID-19) debido a las persuasivas preocupaciones expresadas por los miembros del público sobre los impactos del COVID-19 en la salud mental de los estudiantes y la pérdida de aprendizaje académico de los mismos. El eventual fin de la financiación federal y estatal adicional y la premura con la que debe utilizarse también son preocupaciones. El MCCGJ 2021/2022 ha realizado numerosas entrevistas con miembros del personal de la Oficina de Educación del Condado de Monterey (MCOE, por sus siglas en inglés) y otros educadores en el Condado de Monterey. Esas entrevistas condujeron a la investigación de los numerosos servicios de apoyo que la MCOE proporcionó a sus 24 distritos escolares públicos (135 escuelas) durante la transición de la enseñanza presencial a la enseñanza a distancia en marzo de 2020. Los distritos escolares, los profesores y el personal de apoyo educativo demostraron iniciativa y flexibilidad para satisfacer las necesidades de los estudiantes en los primeros años de la pandemia. El MCCGJ encontró que la MCOE fue proactiva y decisiva en la prestación de apoyo y servicios a los distritos escolares y otros centros educativos del Condado de Monterey. La MCOE desempeñó un papel destacado en el éxito de los estudiantes y profesores proporcionando equipos de protección personal (EPP) y desarrollo profesional, asegurando que la tecnología estuviera disponible para todos, funcionando como un centro de distribución central, aumentando la supervisión fiscal de la financiación federal y estatal adicional, creando una red para compartir información y manteniendo la capacidad operativa de la MCOE durante la pandemia. GLOSARIO Y ACRÓNIMOS ADA Asistencia diaria promedio CDC Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades CDE Departamento de Educación de California COVID-19 Enfermedad por Coronavirus 2019 ESSER Fondo de Alivio de Emergencia para Escuelas Primarias y Secundarias GEER Fondo de Ayuda Educativa de Emergencia del Gobernador LCAP Plan de Responsabilidad de Control Local LEA Agencia local de educación (normalmente un distrito escolar) LLMF Fondo de Mitigación de Pérdidas de Aprendizaje MCCGJ Gran Jurado Civil del Condado de Monterey MCHD Departamento de Salud del Condado de Monterey MCOE Oficina de Educación del Condado de Monterey OES Oficina de Servicios de Emergencia de California PPE Equipo de protección personal SEL Aprendizaje socioemocional WhatsApp Aplicación de mensajes para chats de grupo ANTECEDENTES La MCOE fue establecida hace más de 160 años por la Constitución de California. Todos los condados están obligados a proporcionar recursos educativos a los ciudadanos de sus ciudades y pueblos. La misión de la MCOE es "proporcionar el liderazgo, el apoyo y el servicio de excelencia necesarios para preparar a los diversos estudiantes del Condado de Monterey para el éxito." Con un presupuesto anual de $179 millones, la MCOE proporciona una amplia gama de recursos para apoyar a los 75.600 estudiantes y 11.000 miembros del personal escolar de las escuelas públicas del condado. La MCOE comenzó a planificar en diciembre de 2019 para COVID-19 y en enero de 2020 se estaba preparando activamente para los impactos de COVID-19. Las escuelas normalmente tienen instrucción en persona, definida como "instrucción bajo la supervisión física y el control de un empleado certificado de la agencia local de educación (LEA, por sus siglas en inglés)". Con la declaración de emergencia nacional el 13 de marzo de 2020, debido a COVID- 19, la instrucción en persona se detuvo. Dada la incertidumbre del impacto de la pandemia de COVID-19, la instrucción en persona no fue inmediatamente permitida bajo las órdenes de salud estatales y locales y comenzó la transición a varias plataformas de aprendizaje a distancia en línea. Algunas escuelas comenzaron la instrucción a través del aprendizaje a distancia o en línea a finales de marzo de 2020. El año escolar 2020-2021 comenzó en línea y continuó hasta mayo de 2021, cuando a las LEA se les dio la opción de volver a la instrucción en persona. METODOLOGÍA El MCCGJ empleó cuatro métodos de investigación: • Revisamos los documentos disponibles públicamente, incluidos los del Departamento de Educación de California (CDE, por sus siglas en inglés), la MCOE, los distritos escolares del Condado • Entrevistamos a miembros de la Junta de Supervisores, personal de la MCOE y superintendentes de distrito • Realizamos búsquedas en Internet de documentos y artículos de prensa sobre el COVID-19 y la educación en el Condado de Monterey • Obtuvimos y estudiamos documentos de la MCOE, recibimos una sesión informativa del Superintendente de la MCOE y luego visitamos la MCOE 39 DISCUSIÓN Los edificios cerraron, pero las escuelas permanecieron abiertas El COVID-19 impactó gravemente en la educación en el Condado de Monterey. No fue solo la cantidad de cambios que se produjeron, sino también la velocidad a la que ocurrieron. El gobernador de California, Gavin Newsom, declaró el estado de emergencia el 4 de marzo de 2020; la Junta de Supervisores del Condado de Monterey declaró el estado de emergencia el 10 de marzo de 2020; el presidente Trump declaró el estado de emergencia nacional el 13 de marzo de 2020; y las escuelas del Condado de Monterey cerraron el 16 de marzo de 2020, con una reapertura prevista para el 31 de marzo de 2020. Sin embargo, el gobernador Newsom dijo el 17 de marzo de 2020 que las escuelas podrían estar cerradas al aprendizaje en persona hasta el final del año escolar. Las escuelas permanecieron cerradas al aprendizaje en persona el resto de ese año escolar y gran parte del siguiente, hasta mayo de 2021, cuando las LEA tuvieron la opción de volver a la instrucción en persona. Cuando las escuelas pasaron de la enseñanza presencial a la enseñanza a distancia, la MCOE, las LEA, los profesores, el personal, los padres y los estudiantes se enfrentaron a grandes retos. El cierre inesperado de las escuelas afectó al entorno físico, emocional, social y educativo de los estudiantes, lo que provocó problemas de salud conductual y pérdidas de aprendizaje. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) informaron de que los traumas en los primeros años de vida, como el aislamiento social prolongado, las rutinas imprevisibles, las dificultades económicas, la inseguridad en la vivienda y el dolor por la pérdida de acontecimientos vitales importantes, pueden seguir afectando al bienestar psicológico y fisiológico de algunos estudiantes a largo plazo durante toda su vida. Los profesionales de la salud mental han detectado un aumento de la ansiedad, la depresión, los síntomas de TEPT, la ideación suicida (pensar o planear quitarse la vida) y el abuso de sustancias. Entre marzo y octubre de 2020, el número de visitas a urgencias relacionadas con la salud mental aumentó un 24% para las edades de 5 a 11 años y un 31% para las edades de 12 a 17 años con respecto a las cifras de 2019. Los impactos del cambio a la educación a distancia en marzo de 2020 y a lo largo del año 40 escolar 2020-2021 se sentirán durante algún tiempo, en particular por los estudiantes. Para ayudar a la recuperación de la salud mental de la pandemia, la Comisión Little Hoover recomienda que "las escuelas se conviertan en centros de bienestar mental" y "centros de bienestar". Las escuelas tienen los ojos puestos en los niños y pueden identificar los problemas mentales y de comportamiento y luego coordinar e integrar los datos, los servicios y la financiación entre los proveedores de apoyo a la salud mental. Utilizando los fondos de la Iniciativa de Salud Conductual de Niños y Jóvenes, incluida en la revisión de mayo del Gobernador al presupuesto 2021-2022, las escuelas pueden aumentar el número de consejeros escolares, psicólogos escolares y trabajadores sociales escolares. Respuesta a la transición Los distritos escolares, los profesores, el personal clasificado, el personal de apoyo educativo y la MCOE afrontaron estos retos con iniciativa y flexibilidad. Los educadores, en todos los niveles, fueron más allá de sus descripciones de trabajo para proporcionar apoyo y servicios a los estudiantes y sus familias. Las escuelas se utilizaron como centros de distribución de alimentos y clínicas de pruebas y vacunación de COVID-19. Las escuelas invirtieron en sistemas de apoyo a la salud conductual. Las escuelas crearon un nuevo desarrollo profesional para que los profesores aprendieran a pasar de la enseñanza presencial a la enseñanza a distancia en una o dos semanas. Algunos distritos escolares más grandes incluso proporcionaron ropa y alojamiento. Los distritos escolares y sus escuelas dieron un paso adelante en una situación difícil para proporcionar un apoyo holístico a los estudiantes, que incluía alimentación, atención sanitaria, servicios académicos y de salud mental. Los profesores tuvieron que completar una amplia formación en línea para aprender nuevos programas informáticos, como Google Classroom, Canvas y Zoom. Algunos profesores tuvieron que aprender a utilizar nuevos dispositivos electrónicos. El desarrollo profesional también incluyó el aprendizaje de nuevas técnicas de enseñanza en línea y sobre el aprendizaje socioemocional (SEL, por sus siglas en inglés), para que los profesores pudieran identificar las señales de apoyo necesario. Para apoyar aún más a sus alumnos, 5.000 profesores se inscribieron voluntariamente en la 41 formación adicional de SEL, que fue ofrecida por la MCOE. Mientras los profesores trabajaban desde casa, el personal clasificado lo hacía desde la escuela, lo que los exponía a un mayor riesgo de COVID-19. Los trabajadores del servicio de alimentación distribuyeron cientos de miles de comidas gratuitas a los estudiantes, incluyendo entregas a domicilio, cuando fue necesario. El programa de comidas diarias gratuitas y de coste reducido continuó durante el cierre de las escuelas. Los conductores de autobús trasladaron los suministros y realizaron entregas de alimentos y clases a los hogares de los estudiantes. Los autobuses sirvieron como puntos de acceso a Internet. El 80% de los centros de educación infantil del Condado de Monterey permanecieron abiertos para prestar servicios cuando las escuelas estaban cerradas. Ya sea debido al COVID-19, a la competencia de la industria o a la ley de la oferta y la demanda, estos servicios se prestaron a pesar de que los distritos escolares informaron de la escasez de profesores, sustitutos, trabajadores de salud mental y conductores de autobús. La Oficina de Educación del Condado de Monterey responde a la pandemia La MCOE proporcionó a los distritos escolares recursos y apoyo, servicios de salud mental y una mayor colaboración entre las agencias de la comunidad para proporcionar apoyo y servicios. No todos los distritos necesitaban los mismos recursos, y los distritos escolares más grandes con más infraestructura y recursos requerían menos apoyo de la MCOE y podían proporcionar más recursos de forma independiente a los estudiantes. La MCOE mantuvo la continuidad del funcionamiento durante estos dos primeros años del COVID-19 mientras emprendía nuevas iniciativas, y satisfizo las necesidades de los distritos, los profesores, los estudiantes y las familias. Elaboró un 42 catálogo de servicios que podían ofrecer para apoyar a los distritos escolares durante la crisis. El sitio web de la MCOE ofrecía una variedad de recursos, incluyendo información sobre comidas escolares gratuitas, apoyos para el aprendizaje a distancia, apoyos para la salud mental y mucho más. La MCOE sirvió como punto central de distribución de EPP e información. Se convirtió en el centro regional de EPP y se coordinó con el CDE y la Oficina de Servicios de Emergencia del Gobernador (OES, por sus siglas en inglés) para conseguir EPP. Distribuyeron más de 714.000 mascarillas, guantes, desinfectantes para las manos y otros EPP a las escuelas. A los tres días del cierre de las escuelas, se estableció un sistema de comunicación por WhatsApp entre los superintendentes de distrito. La MCOE recopiló información de los CDC, el CDE y el Departamento de Salud del Condado de Monterey (MCHD, por sus siglas en inglés) y la compartió en reuniones semanales con los superintendentes y los líderes de instrucción y diariamente con los distritos escolares pequeños. La MCOE creó un desarrollo profesional para abordar temas de tecnología, aprendizaje socioemocional, desarrollo del idioma inglés y otros. Produjeron 650 seminarios web, proporcionaron miles de horas de entrenamiento virtual y tuvieron horas de "tecnología" abiertas. Con la demanda de especialistas en salud conductual en aumento en medio de una escasez de proveedores, la MCOE siguió su Plan Estratégico 2020-2025 y sus prioridades. La prioridad estratégica tres es: "Todas las escuelas promoverán la salud física y mental de sus estudiantes..." Las prioridades específicas son 3D, "Aprovechar y alinear los recursos de la comunidad para satisfacer las necesidades de los estudiantes y el bienestar social y emocional", y 3F, "Fortalecer la comunicación y la colaboración entre los educadores y las organizaciones externas que trabajan en la salud física y mental". Una de las mayores contribuciones de la MCOE a la educación durante la pandemia fue la creación del Grupo de Trabajo de Equidad Digital. La MCOE realizó una encuesta que mostró que, en marzo de 2020, 9.839 estudiantes no tenían dispositivos electrónicos y 11.291 estudiantes no tenían acceso a Internet. Ese número se redujo para el 19 de agosto de 2020, a 1.120 estudiantes sin dispositivos electrónicos y 1.082 sin internet. Para el inicio del año escolar 2020-2021, ambos números eran cero. Esto se logró gracias a un amplio esfuerzo de recaudación de fondos para la tecnología, que reunió $2.659.960 de 26 donantes con el objetivo de $3.513.950. La financiación federal hizo que la recaudación del resto de los fondos fuera discutible. Los primeros $569.000 sirvieron para comprar 1.300 dispositivos. Los seis mayores donantes fueron: 1. Condado de Monterey $1.000.000, 2. Bruce Taylor and Taylor Farms $890.510, 3. Fundación Harden $500.000, 4. Fundación de la Península de Monterey $85.000, 5. Fundación Comunitaria para el Condado de Monterey $30.000, y 6. Nancy Buck Ransom Foundation $30.000. Fondos federales y estatales 44 Las escuelas del Condado de Monterey han recibido importantes cantidades de fondos federales y estatales para "prevenir, prepararse y responder" a la pandemia de COVID-19. El gobierno federal identificó dieciséis categorías de usos permitidos para cualquier financiamiento de COVID-19. La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica del Coronavirus, que incluye el fondo de Alivio de Emergencia para Escuelas Primarias y Secundarias (ESSER I) y la Ayuda Educativa de Emergencia del Gobernador (GEER I) fueron aprobados el 27 de marzo de 2020, y los fondos deben ser gastados antes del 30 de septiembre de 2022. California recibió $1.600 millones en ESSER I y $355 millones en GEER 1. La mayoría de los fondos de GEER 1 se destinaron a la educación especial. Las escuelas del Condado de Monterey recibieron $13.519.507 de estas leyes. También hubo un fondo federal de mitigación de la pérdida de aprendizaje (LLMF, por sus siglas en inglés) de $5.000 millones para apoyar el rendimiento académico de los alumnos y mitigar la pérdida de aprendizaje relacionada con el cierre de escuelas por el COVID-19. La Ley de Asignaciones Suplementarias para la Respuesta y el Alivio del Coronavirus, que incluye ESSER II y GEER II, se aprobó el 27 de diciembre de 2020, y los fondos deben gastarse antes del 30 de septiembre de 2023. California recibió $6.700 millones en ESSER II y 341 millones en GEER II. Las escuelas del Condado de Monterey recibieron $62.595.419. El gobierno federal identificó dieciséis categorías de usos permitidos para cualquier financiamiento de COVID-19. El 11 de marzo de 2021 se aprobó la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, que incluía fondos para ESSER III; los fondos deben gastarse antes de que finalice el año escolar 2024/2025. California recibió $98,7 millones adicionales para los estudiantes sin hogar, pero la mayor parte de la financiación de California fue para las subvenciones del LLMF establecido por el Estado. California recibió $15.000 millones en fondos de ESSER III, y el Condado de Monterey recibió $140.681.284. Al menos el veinte por ciento de la asignación de un distrito de los fondos GEER y ESSER debe reservarse para abordar el impacto académico del tiempo de instrucción perdido a través de la implementación de intervenciones basadas en la 45 evidencia. Los usos permitidos incluyen el aprendizaje en verano, una jornada escolar ampliada, programas extraescolares, programas de ampliación del año escolar, servicios y apoyos de salud mental, y la adopción o integración de SEL en el plan de estudios básico y la jornada escolar. Hay pruebas anecdóticas persuasivas de que la pérdida de aprendizaje tuvo lugar, pero no hay datos cuantitativos porque las pruebas estatales de Evaluación del Rendimiento y el Progreso de los Estudiantes de California no tuvieron lugar en 2020 o 2021. Algunos distritos escolares gastaron sus fondos en EPP, agregando personal de custodia adicional, contratando especialistas en aceleración del aprendizaje, asegurando personal de apoyo de salud mental, agregando ayudantes de clase, contratando más maestros para evitar clases de grado mixto y creando oportunidades de aprendizaje extendido. Algunas escuelas mejoraron sus sistemas de calefacción y ventilación, instalaron fuentes de agua sin contacto, grifos, dispensadores de desinfectantes para las manos, dispensadores de toallas de papel y completaron otras mejoras en la planta física. La supervisión de todo este gasto ha sido realizada por la MCOE. La MCOE tiene la supervisión estatutaria de los presupuestos de los distritos escolares bajo la Ley de la Asamblea 1200, aprobada por la legislatura en 1991. La principal responsabilidad estatutaria del Superintendente de la MCOE es proporcionar supervisión fiscal, y esto abarca la revisión y aprobación de la situación financiera de los presupuestos del distrito, los Planes de Responsabilidad de Control Local (LCAP, por sus siglas en inglés) y la certificación de los informes. La MCOE ha hecho de la estabilidad fiscal una prioridad estratégica. En su Plan Estratégico 2020-2025, la Prioridad Estratégica 5 establece que "las políticas y los sistemas de la MCOE alinearán los recursos de manera proactiva y creativa para apoyar la enseñanza y el aprendizaje dinámicos mientras se mantienen fiscalmente solventes". La prioridad 5A establece que la MCOE "supervisará la información financiera y proporcionará orientación para ayudar a la MCOE y a todas las LEA a mantener estabilidad fiscal". La MCOE logra esto monitoreando los informes trimestrales que van al gobierno federal, revisando y aprobando los LCAP federales que incluyen la financiación federal que va al CDE antes de llegar al gobierno federal y 46 manteniendo discusiones regulares sobre los gastos permitidos. La rendición de cuentas se logra con el uso de plantillas estatales, listas de verificación de la rendición de cuentas, documentación adicional al gobierno federal y la supervisión constante de la MCOE. La MCOE proporciona una carta de revisión oficial con cada presentación de un presupuesto adoptado, el primer presupuesto provisional, el segundo presupuesto provisional y los datos reales no auditados de final de año. Una carta de revisión oficial del Departamento de Servicios Empresariales de la MCOE acompaña a la devolución del informe financiero del distrito escolar y proporciona orientación e identifica las áreas de preocupación. Además, se realiza una auditoría anual por parte de un organismo independiente. La transparencia se mantiene a través de reuniones públicas de los interesados en el LCAP y su aprobación en una reunión abierta de la junta. Las auditorías y los presupuestos son documentos públicos y se aceptan y aprueban en reuniones abiertas del consejo. Se ha expresado preocupación por dos cuestiones financieras: el fin de la financiación federal y el descenso de la asistencia diaria promedio (ADA, por sus siglas en inglés). Aunque se está tratando de extender el plazo hasta el final del año escolar 2024-2025 para el gasto de la financiación COVID-19, eso no es una certeza. La MCOE ha dejado claro a los distritos que esos ingresos temporales no deben utilizarse para gastos permanentes. Sin embargo, después de cuatro años de financiación adicional, llegará a su fin al mismo tiempo que los distritos escolares están experimentando una caída en la ADA. La ADA en todo el condado ha bajado un 10% con respecto al año pasado, y algunos distritos han bajado hasta un 5% o hasta un 18%. Dado que la ADA genera la mayor parte de los ingresos de los distritos escolares, el asunto es preocupante. La combinación del fin de la financiación federal de emergencia con la caída de la ADA mientras los estudiantes siguen necesitando servicios de intervención en el comportamiento y la mitigación de la pérdida de aprendizaje es problemática. Liderazgo de la MCOE En diciembre de 2019, la MCOE comenzó a planificar para la pandemia, y a finales de enero o principios de febrero de 2020 se estaba preparando activamente 47 para ella. El Superintendente de Escuelas del Condado de Monterey proporcionó un liderazgo educativo proactivo crítico en los primeros días de la pandemia. Al establecer la red de WhatsApp a los tres días del cierre de las escuelas, el superintendente proporcionó información esencial de los CDC, el CDE y el MCHD. La información se compartió semanalmente con los superintendentes de distrito. Los superintendentes podían ahora colaborar en temas compartidos y en las mejores prácticas con confidencialidad. El superintendente inició una encuesta para identificar la tecnología necesaria y luego creó un Grupo de Trabajo de Equidad Digital el 9 de abril de 2020, con más de 40 representantes de la educación, la industria y la tecnología de la información para satisfacer esas necesidades, principalmente la falta de tecnología y acceso a Internet en todo el Condado. El superintendente inició inmediatamente la recaudación de fondos con un objetivo de $3,5 millones para proporcionar dispositivos a casi 10.000 estudiantes. El equipo de recaudación de fondos consiguió $2,6 millones antes de que llegara la financiación federal. Bajo el liderazgo del superintendente, la MCOE mantuvo la continuidad del funcionamiento mientras asumía tareas adicionales de mayor control financiero, convirtiéndose en un centro de distribución, creando un nuevo desarrollo profesional para los profesores y el personal, recaudando fondos para la tecnología y sirviendo como centro de comunicación. CONCLUSIONES
F2
Los ingresos fiscales del NCFPD se redujeron drásticamente cuando Duke Energy vendió la Central Eléctrica de Moss Landing, ya clausurada.
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R2
Los distritos escolares mantienen los programas de mitigación de la pérdida de aprendizaje y las oportunidades de aprendizaje extendido hasta el final del año escolar 2025-2026.
F3
En 2018, el NCFPD anexó la propiedad de Monterey Regional Waste Management y Monterey One Water con un mayor riesgo pero sin aumentar los ingresos fiscales.
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R3
La MCOE debe continuar monitoreando de cerca los LCAP y presupuestos de los distritos por los impactos de la pérdida de la ADA y el fin de los fondos federales de emergencia.
F4
En 2020, NCFPD despidió a seis bomberos y consideró el cierre de una estación 28 de bomberos debido a las restricciones presupuestarias.
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R4
La MCOE debe ser previsora en sus planes de emergencia.
F5
Los votantes de NCFPD tuvieron que promulgar una tasa de evaluación especial en 2021 para evitar los despidos y el cierre de la estación.
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R5
La MCOE debe establecer asociaciones y pasantías con CSU Monterey Bay, MCBH y socios de la industria para aumentar el número de trabajadores de salud mental, maestros, sustitutos y conductores de autobús. RESPUESTAS REQUERIDAS Se requieren las siguientes respuestas de conformidad con las secciones 933 y 933.05 del Código Penal: De los siguientes órganos de gobierno en un plazo de 90 días: • Conclusiones de la Junta de Educación del Condado de Monterey: F1, F3-F13 Recomendaciones: R1-R5 • Juntas directivas de los distritos escolares del condado: Conclusiones: F1, F5, F8-F13 Recomendaciones: R1-R2 • Distrito Escolar Alisal Union • Distrito Escolar Big Sur Unificado • Distrito Escolar Bradley Union • Distrito Escolar Carmel Unificado • Distrito Escolar Chualar Union • Distrito Escolar Gonzales Unificado • Distrito Escolar Graves • Distrito Escolar Greenfield Union • Distrito Escolar King City Union • Distrito Escolar Lagunita • Distrito Escolar Mission Union • Distrito Escolar Península de Monterey Unificado • Distrito Escolar Norte del Condado de Monterey Unificado • Distrito Escolar Pacific Grove Unificado • Distrito Escolar Salinas City Elementary • Distrito Escolar Salinas Union High • Distrito Escolar San Antonio Union • Distrito Escolar San Ardo Union • Distrito Escolar San Lucas Union • Distrito Escolar Santa Rita Union • Distrito Escolar Soledad Unificado • Distrito Escolar Sur del Condado de Monterey Joint Union High • Distrito Escolar Spreckels Union • Distrito Escolar Washington Union RESPUESTAS INVITADAS • Conclusiones del Superintendente Escolar del Condado de Monterey: F1-F2, F4 51 BIBLIOGRAFÍA Californian. 25 de mayo de 2020 California Grand Jury News, “How did distance learning impact Mendocino County students/ The Civil Grand Jury took a look,” 1 de septiembre de 2021, página 1 a la 4. King City Rustler, noviembre de2020. KION News. 23 de febrero de 2021. Informe # 262 de la Comisión Little Hoover, agosto de 2021. “COVID-19 and Children’s Mental Health: Addressing the Impact.” Informe del Gran Jurado del Condado de Mendocino 2020-21, “Mendocino County’s Distance Learning: Problems and Productive Aspects,” 26 de julio de 2021, páginas 71 a la 90. Monterey Bay Parent, 19 de agosto de 2020 Informe del Gran Jurado Civil del Condado de Monterey 2011-2012. “Oficina de Educación del Condado de Monterey. Informe del Gran Jurado Civil del Condado de Monterey 2017-2018, “School Boards Make a Difference; Improving Education: The Role of Local School Boards”, 25 de junio de 2018, páginas 71 a la 92. Oficina de Educación del Condado de Monterey. Informe anual a la comunidad 2020-21, Oficina del Superintendente, Oficina de Educación del Condado de Monterey. Oficina de Educación del Condado de Monterey. Plan de comunicación para COVID- 19. 25 de abril de 2020. Oficina de Educación del Condado de Monterey. Plan estratégico 2020-2025, mayo de 2021. Monterey Herald. 28 de junio de 2021 Monterey Herald. 30 de noviembre de 2020. “Youth Mental Health: The pandemic’s toll on our kids.” Monterey Weekly, 3 de septiembre de 2020, “The digital divide and widening educational gap is laid bare in a picture.” Informe del Gran Jurado de Santa Cruz 2020-2021, “Distance Learning During the Pandemic in the Pajaro Valley Unified School District; Successes, Pitfalls and Plans for Future,” 17 de junio de 2021, páginas 103 a la 116. Informe del Gran Jurado Civil de Santa Cruz 2020 – 2021, “Turn On, Tune In, and Drop Out; Broadband Access in Santa Cruz County,” 22 de junio de 2021, páginas 61 a la 71. www.cde.ca.gov www.montereycoe.org Sitios web de varios distritos escolares 53 54 LA INDUSTRIA DEL CANNABIS EN EL CONDADO DE MONTEREY SE ESFUMA RESUMEN La decisión del condado de Monterey de legalizar el cannabis recreativo en 2016 condujo al rápido aumento de la nueva industria, convirtiendo al condado de Monterey en uno de los principales productores de cannabis legal del estado. Los nuevos impuestos sobre el cannabis en el cultivo, la producción y el procesamiento han sido una bendición para las agencias del condado y las organizaciones sin fines de lucro. Los millones de dólares de los nuevos ingresos han servido para pagar desde las radios de la policía hasta el nuevo bibliobús de la Biblioteca Libre del Condado de Monterey. El valor del cannabis producido en 2021 lo convierte en el tercer producto agrícola más valioso del condado de Monterey, estimado en $484 millones. La precipitación en el lanzamiento de la producción legal de cannabis ha dejado lagunas en la transparencia, la supervisión y el análisis que deben abordarse. No existe un informe completo y coherente sobre los ingresos y gastos del impuesto sobre el cannabis en todo el condado. La información está dispersa entre numerosas fuentes e informes. Sería un reto para cualquier ciudadano revisar las finanzas y el impacto del programa. La Junta de Supervisores (BOS, por sus siglas en inglés) asigna los ingresos del impuesto sobre el cannabis de forma ad hoc a lo largo del año, sin una dirección política clara o un CULTIVO INTERIOR CON LUZ M IXTA proceso para iniciar y evaluar las solicitudes de financiación del cannabis. No se ha llevado a cabo ningún análisis de desarrollo económico para determinar el grado de cumplimiento de los objetivos del programa, las perspectivas de producción de cannabis y los puestos de trabajo creados. Al inicio de esta investigación no se había evaluado la eficacia del nuevo aparato regulador del cannabis del condado y si tiene un nivel y un costo adecuados para el tamaño y la complejidad de la industria del cannabis. En marzo de 2022, BOS recibió un estudio del proceso de regulación del condado. Las grandes operaciones ilegales de cultivo de marihuana en el condado de Monterey y en el resto de California siguen prosperando y compitiendo con la industria legal del cannabis. El Gran Jurado Civil del Condado de Monterey pide que se informe al público de manera más completa y regular sobre todos los aspectos del programa de cannabis del condado. Debería incluir los ingresos por impuestos del cannabis, los impactos en el desarrollo económico y un informe conciso sobre la asignación. GLOSARIO AUMA Ley de uso de marihuana para adultos (2016) BOS Junta de Supervisores del Condado de Monterey CAF Fondo de Asignación de Cannabis CAO Oficial Administrativo del Condado CCA Autoridad del Cannabis de California CCC Comisión del Cannabis de California CCGA Asociación de Cultivadores de Cannabis de California CCTT Seguimiento y Localización del Cannabis en California CP Programa de Cannabis del Condado de Monterey CTF Fondo del Impuesto al Cannabis (Fondo de Asignación de Cannabis) FTE Empleado a tiempo completo MCCGJ Gran Jurado Civil del Condado de Monterey NAFTA Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte (1994) UCDAIC Centro de Asuntos Agrícolas de UC Davis ANTECEDENTES En la Ley de Sustancias Controladas de 1970, el Gobierno Federal clasificó la marihuana y cualquier derivado del cannabis como un narcótico de la Lista 1 -sin valor medicinal para la droga- a pesar de su uso intensivo desde principios de 1800 para un número considerable de problemas de salud. En 1996, California se convirtió en el primer estado en permitir el cannabis medicinal cuando los votantes aprobaron la Proposición 215, la Ley de Uso Compasivo. Veinte años después (2016), los votantes de California aprobaron la legalización del cannabis recreativo con la aprobación de la Proposición 64, la Ley de Control, Regulación y Tributación del Uso de la Marihuana por Adultos (Proposición 64). El 12 de julio de 2016, BOS adoptó las normas de zonificación interior que establecen los criterios para la emisión de permisos locales de uso del suelo de conformidad con la Ley de Regulación y Seguridad de la Marihuana Médica (“MMRSA”, por sus siglas en inglés) [Ordenanza Número 5270]. Tras la adopción de estas ordenanzas, la BOS creó el Comité de Cannabis y nombra regularmente a dos miembros de la BOS para que formen parte de él. El 19 de julio de 2016, la BOS adoptó unas ordenanzas que establecían los criterios para la emisión de permisos comerciales locales de conformidad con la MMRSA para las operaciones y actividades de cultivo comercial [Ordenanza 5272]. El 8 de noviembre de 2016, los votantes del Condado de Monterey aprobaron la Medida Y, el impuesto sobre el cannabis comercial para el Condado de Monterey no incorporado, y los votantes de la ciudad de Salinas aprobaron la Medida L, el impuesto comercial para la ciudad. La fiscalidad para la Industria del cannabis tiene tres niveles: estatal, del condado y de la ciudad. (Ver Apéndice C) Estado de California El Estado de California creó un marco para los programas de cannabis de cada condado que los guiaba a través de una miríada de requisitos estatales, regulaciones e impuestos. La concesión de licencias y la regulación se repartieron entre cuatro agencias estatales: El Departamento de Alimentación y Agricultura para el cultivo, el Departamento de Salud Pública para la fabricación y la Oficina de Control del Cannabis, en colaboración con el Departamento de Asuntos del Consumidor, para la distribución, las pruebas y la venta al por menor. En este momento, el Estado ha combinado las actividades de las cuatro agencias en una sola, la Autoridad del Cannabis de California (CCA, por sus siglas en inglés). La normativa estatal establece las pautas bajo las cuales las jurisdicciones locales pueden (pero no están obligadas a) establecer sus propios impuestos y regulaciones adicionales sobre los negocios de cannabis. A partir del 1 de febrero de 2022, 31 de los 58 condados de California tienen alguna forma de producción activa de cannabis, predominantemente el cultivo. (Ver Apéndice E) 58 Los reglamentos de conformidad con la ley se emitieron inicialmente a través de una serie de normas de emergencia/temporales. Las regulaciones finales entraron en vigor en enero de 2022 (aunque muchos licenciatarios siguen operando con licencias provisionales mientras trabajan en el laberinto de los permisos completos). En el momento de la cosecha (que puede ser de 4 a 6 veces al año), los cultivadores deben pagar al estado un impuesto de cultivo basado en el peso bruto de su cosecha, actualmente $160/libra. Para cualquier producto de cannabis que se comercialice legalmente en California es necesario realizar pruebas de impurezas y de potencia del producto, que suponen $146/libra adicionales, en instalaciones con licencia estatal. Toda la cosecha se retiene en unas instalaciones seguras hasta que los resultados de las pruebas se aprueban o se rechazan, se aceptan posteriormente o se rechaza todo el envío. Seguimiento y localización del cannabis en California (CCTT, por sus siglas en inglés) es un sistema utilizado por el Estado para rastrear el cannabis desde la semilla hasta la planta y desde la compra hasta la eliminación. El proceso etiqueta cada clon de planta y sigue todo el proceso por el que pasa el cultivo. La información se introduce en una base de datos de seguimiento y se actualiza cada vez que se realiza cualquier proceso en la etiqueta del producto clónico. Esto incluiría cualquier refinamiento del producto hasta la venta final al consumidor final. Si un producto de cannabis se vende a otra empresa o a un consumidor directamente del proveedor, los impuestos comerciales se recaudan del minorista y del consumidor. Los impuestos de las empresas de fabricación son actualmente el 4,5% de los ingresos brutos, los impuestos de las empresas de distribución son actualmente el 4% bruto, los impuestos de los laboratorios de pruebas el 1% bruto, los impuestos de las empresas de dispensarios son actualmente el 4,5% del bruto del año. Cualquier condado que establezca un Programa de Cannabis debe registrarse y pagar cuotas a la Autoridad del Cannabis de California (CCA). Cada negocio de la industria del cannabis también debe solicitar una licencia de negocio de cannabis para 59 operar dentro de los límites del estado. El condado de Monterey paga actualmente $50.000 al año. (Ver Apéndice D) Condado de Monterey En 1994, con la aprobación del Acuerdo de Libre Comercio de América del Norte, la industria local de la flor cortada fue destruida cuando los puestos de trabajo fueron enviados a México. Cientos de invernaderos de flores del condado de Monterey cerraron definitivamente. Más de nueve millones de pies cuadrados (aproximadamente la superficie total del Pentágono) de invernaderos fueron abandonados y quedaron vacíos. Sobre la base de los impuestos sobre los permisos recaudados en 2021, el MCCGJ estima que alrededor de 3 millones de pies cuadrados de invernaderos se han puesto en funcionamiento para el cultivo de cannabis. Cuando los votantes del Condado de Monterey aprobaron la medida del cannabis en 2016 para permitir la producción de cannabis dentro de los límites del condado, la Junta de Supervisores esperaba que produjera un importante redesarrollo económico para la industria perdida, tanto en puestos de trabajo como en mejoras de capital para las propiedades, aumentando también los impuestos a la propiedad. El Programa de Cannabis del Condado de Monterey (CP, por sus siglas en inglés) se estableció en 2016, construyendo la estructura de regulación gubernamental necesaria. Un director del programa y 5 FTEs dotan de personal al programa. El CP ha crecido en cinco años a 28 FTEs repartidos entre 10 agencias del condado. Este número incluye otros puestos del departamento necesarios para hacer cumplir la normativa en el sector. (Ver Apéndice A) El presupuesto para 2021-22 es de $6.334 millones, un tercio de todos los ingresos anuales por impuestos recaudados sobre el cannabis. El análisis realizado por el MCCGJ encontró que se han recaudado $69,4 millones en ingresos totales por impuestos sobre el cannabis desde el inicio del programa. (Ver Apéndice C) 60 FUENTE: PROGRAMA DE CANNABIS DEL CONDADO DE MONTEREY Agencia de Gestión de Tesorero/ Recursos recaudador de -Aplicación del impuestos código -Permisos Auditor Oficina del Sheriff Interventor Programa de Cannabis del Departamento de Condado de Salud Monterrey Asesor- -Medio ambiente Secretario -Salud Pública Registrador Fiscal de Distrito Comisario de -Penal Agricultura -Civil Abogado del condado El Equipo de Erradicación de la Marihuana del CP informa anualmente sobre las órdenes de registro y las actividades de reducción. Anticipando una considerable afluencia de nuevos ingresos por impuestos sobre el cannabis. El condado de Monterey encuestó a los residentes del condado en qué debería gastarse esta ganancia inesperada, proporcionando una prioridad y una amplia dirección conceptual para los futuros ingresos fiscales. En 2021, la morosidad en las tasas de los permisos, que se situaba en el 19%, ha bajado al 12%. Cuando los negocios de cannabis se retrasan en el pago de sus permisos e impuestos, a menudo retiran su producto y desaparecen en la noche. Impuesto sobre permisos Los costos anuales de las licencias comerciales requeridas oscilan entre $135 y $8.665. Las tasas de permiso para el cultivo real se basan en el tipo de instalación de cultivo, así como en los metros cuadrados de la zona de cultivo. La tasa de iluminación mixta exterior/interior es de $5 por pie cuadrado. La iluminación interior total es de 61 $7/pie cuadrado, y la del vivero exterior (sin iluminación artificial) de $1/pie cuadrado. La normativa es tan estricta para el exterior que nadie ha solicitado una licencia. Las tasas se deben pagar en el momento de solicitar la licencia (mucho antes de que se haya plantado ningún cultivo) y se tramitan en asignaciones de 10.000 pies cuadrados. Una nueva empresa necesita un mínimo de $500.000 en gastos de puesta en marcha antes de poder empezar a cultivar. Muchos condados han adoptado el enfoque de cobrar un porcentaje de los ingresos brutos, lo que permite a los cultivadores aplazar el pago del impuesto hasta que vendan su producto. Supervisión/Inspecciones Todas las operaciones relacionadas con el cannabis, ya sea un cultivador, un transformador u otro, están sujetas a inspecciones sin previo aviso por parte de un equipo de cinco miembros cada mes. Las inspecciones abarcan todo lo que puede imaginarse para una empresa agrícola, pero también muchas cuestiones relacionadas con una empresa industrial pesada. Los hallazgos de las inspecciones nublan las mejoras que se justifican. Los productos químicos utilizados en los centros de transformación también están muy regulados, tanto por su seguridad como por su concentración en los productos acabados. Eliminación de residuos Cualquier subproducto o producto de desecho (incluyendo el cepellón y la tierra) o cualquier otra materia vegetal no utilizada debe ser transportada por una empresa de transporte de cannabis con licencia estatal a una instalación de residuos con licencia estatal. Esta materia vegetal inerte no puede añadirse a los vertederos, sino que debe mezclarse con arena para gatos para su eliminación especial. Incluso el tamaño de la acumulación de residuos, listos para su eliminación, está regulado. Aunque el agua utilizada en el procesamiento también está estrictamente regulada, la industria del cannabis ha aprendido técnicas que limitan la escorrentía o el exceso de riego. Filtración del aire Las industrias del cannabis están obligadas a tener depuradores de aire de última generación a base de carbón vegetal para evitar que el olor del cannabis salga 62 de las instalaciones. El condado de Monterey ha optado por conceder permisos a los lugares de cultivo en zonas no incorporadas del condado, lejos de los barrios residenciales. Permisos de incendio Los departamentos de bomberos, por temor a la combustión espontánea de las plantas de secado (aunque no es una propiedad del cannabis cosechado), exigen sistemas de rociadores contra incendios en las instalaciones de secado. El costo es mucho más que poner un sistema automático de rociadores contra incendios; también puede requerir mejoras estructurales de la instalación. Muchos pequeños cultivadores han tenido que contratar sus operaciones de secado a un tercero, lo que aumenta los costos para el productor y el cliente. Un distrito de protección contra incendios del condado también cobra un recargo separado sobre la superficie de cultivo para pagar los inspectores de incendios adicionales. Mejoras de capital Los cambios exigen rehabilitar los invernaderos existentes y deteriorados para convertirlos en instalaciones productivas, lo que aumenta el valor de las propiedades. Las operaciones de cannabis a menudo requieren la actualización de los baños portátiles a los permanentes. Las vías de acceso a las instalaciones también requieren una mejora. Estas mejoras están impulsando el aumento de los ingresos del impuesto sobre la propiedad para el condado. Posteriormente, los impuestos sobre la propiedad reevaluados han aumentado de forma espectacular. El trabajo requerido para estas mejoras para el cultivo de Cannabis no califica para una exención de la Ley Williamson de Preservación Agrícola debido a que no cumple con el requisito mínimo de 100 acres. Ciudades incorporadas Cuando se aprobó la AUMA (Ley de Uso Adulto de la Marihuana), se dijo a las ciudades que podían optar individualmente por permitir o no los negocios de cannabis dentro de los límites de su ciudad. Algunas ciudades acogieron los ingresos del 63 impuesto sobre las ventas frente al costo de la aplicación de la ley. Otras no lo han hecho, pero según la ley estatal, las ciudades no pueden prohibir la entrega de productos de cannabis por parte de los negocios de entrega con licencia estatal dentro de sus jurisdicciones. La venta de cannabis sin licencia (ilegal) no tiene límites. El cannabis ilegal o del mercado negro multiplica por cuatro el cannabis legal, destripando el mercado y bajando el precio del producto. METODOLOGÍA 1) Realización de entrevistas con el Programa de Cannabis del Condado de Monterey, la Oficina del CAO, la Asociación de Cultivadores de California del sector, el personal de la Oficina del Tesorero del Condado, el Auditor- Controlador y los miembros del BOS. 2) Se revisaron los documentos y sitios web del condado en cuanto a presupuestos, reglamentos, informes anuales y estudios de consultores. 3) Se visitó una granja de cultivo, un secadero/centro de procesamiento regional y una planta de procesamiento en la zona de Salinas. 4) Se revisaron las páginas web de otros programas de cannabis del condado. 5) Se recopilaron artículos del Centro de Cuestiones Agrícolas de la UC Davis y de los medios de comunicación (San Francisco Chronicle, Monterey Herald, Monterey County Weekly, el semanario Carmel Pine Cone). DISCUSIÓN En entrevistas con varios funcionarios del condado de Monterey, el MCCGJ se enteró de que una de las nuevas fuentes de ingresos más significativas para el condado era el nuevo impuesto sobre el cannabis, específicamente el nuevo impuesto sobre el cultivo. En pocos años, la producción de cannabis había crecido hasta convertirse en un cultivo con un valor de mercado de $484 millones de en 2021, según el Comisario de Agricultura del Condado. Eso hace que el cannabis sea uno de los tres cultivos más valiosos del condado. El condado de Monterey se sitúa como el cuarto mayor productor legal del estado. Con curiosidad por esta nueva industria y los impuestos generados, el MCCGJ comenzó a investigar cómo se recaudaba este impuesto y en qué se gastaba. Pronto 64 se hizo evidente que incluso las preguntas más básicas sobre el CTF eran difíciles de responder. Aunque el condado divulga una cantidad considerable de información, lo que el MCCGJ considera encomiable, amonestamos al condado porque esta información no se recoge en un solo lugar. No pudimos encontrar ningún informe o informes exhaustivos que respondieran a la mayoría de nuestras preguntas sobre la recaudación y el gasto de los impuestos sobre el cannabis, y no existe un término de referencia estándar para el fondo. Fondo de Asignación del Cannabis, Fondo de Impuestos del Cannabis, Fondo de Contingencia del Cannabis, Fondo de Reserva del Cannabis eran términos utilizados indiscriminadamente. Los presupuestos anuales de los condados contenían amplias descripciones de los impuestos recaudados sobre el cannabis, el dinero gastado y las previsiones para los próximos años, aunque gran parte de la información estaba enterrada dentro de documentos más amplios. Para encontrar los detalles de dónde se gastaban exactamente esos fondos había que indagar en un laberinto de informes diferentes en varios lugares. Hay información sobre las finanzas del cannabis en los informes presupuestarios del condado, en las previsiones y en varios anexos a los informes presupuestarios. El Programa de Cannabis publica alguna información en su sitio web y emite informes periódicos al BOS, pero para encontrar esos informes hay que rebuscar en las agendas pasadas del BOS. El Comisionado de Agricultura del Condado de Monterey emite informes sobre la producción de cannabis que contienen información adicional. El recaudador de impuestos/tesorero proporcionó información que permitió al MCCGJ determinar los depósitos en el CTF. Las acciones del BOS en las reuniones públicas ofrecen detalles sobre las asignaciones específicas y únicas de los ingresos del cannabis. Obtener una comprensión completa de un año de gasto en cannabis requiere buscar información e informes en al menos media docena de fuentes del condado. Aun así, algunas preguntas siguen sin respuesta. El MCCGJ también encontró errores en la determinación de los tipos impositivos iniciales para los cultivadores. El condado encargó un estudio en 2015 que concluía que el condado podía imponer un impuesto de $25 por pie cuadrado al cultivo de luz mixta, que es el principal método utilizado en los invernaderos del condado de Monterey. Sin embargo, cuando el condado presentó una medida de votación ante los votantes pidiendo la aprobación del cultivo, pidió un impuesto inicial más bajo de $15. La medida decía que la tasa se incrementaría en $5 al año hasta alcanzar los $25. Los votantes aprobaron la medida por abrumadora mayoría. En lugar de aumentar la tasa de los $15 iniciales, el BOS la ha reducido repetidamente. Los cultivadores presionaron para que se redujera, argumentando que se enfrentaban a fuertes presiones competitivas, incluidas las de los cultivadores ilegales, que hacían bajar los precios del cannabis. De los $15 iniciales, la tasa se redujo a $8 y luego a $5. A partir de marzo de 2022, el BOS redujo la tasa de nuevo a $3. Si los metros cuadrados permitidos permanecen sin cambios, esto resultará en una reducción de los ingresos del cannabis de $6.684.849 para 2022. Los costos operativos del Programa de Cannabis, que otorga las licencias y regula el cannabis, engullirían la mitad de todos los impuestos recaudados sobre el cannabis. El BOS no ha llevado a cabo un análisis de por qué el tipo impositivo original de $25 estaba tan alejado de la realidad, cuál podría ser el tipo apropiado en el futuro, o cómo abordará la volatilidad de la industria del cannabis. La naturaleza ad hoc de la fijación de los tipos impositivos se traslada a parte del proceso de gasto que forma parte del enrevesado sistema fiscal del cannabis. La terminología del condado para los ingresos y los gastos puede crear cierta confusión. Todos los ingresos por impuestos sobre el cannabis se consideran discrecionales, lo que sugiere que se tratan de forma diferente a otros gastos en cosas como las operaciones en curso. De hecho, el presupuesto del Condado describe casi la mitad del presupuesto del Fondo General ($266 millones en 2021-2022) como “discrecional”. La mayor fuente de estos ingresos discrecionales son los impuestos sobre la propiedad. La segunda mayor fuente en los últimos años ha sido el impuesto sobre el cannabis. FUENTE: PREVISIÓN FINANCIERA DEL CONDADO DE MONTEREY PARA EL AÑO FISCAL 2021-22 2021 Fondo General Estimación no programática (millones de dólares) Impuesto sobre ventas y uso Acuerdo sobre el tabaco Tasas de franquicia Impuesto sobre la propiedad Impuesto de ocupación transitoria Total $266,4 Otros El MCCGJ ha tratado de determinar los ingresos generados por los impuestos sobre el cannabis y las asignaciones de dicho dinero. No es necesario gastar todos los ingresos recaudados en el CTF cada año natural, pero conciliar lo que entró y lo que se asignó es extremadamente difícil de rastrear y reunir. El CTF generó $20,4 millones en 2021, y esto se depositó rápidamente en el Fondo General del condado, donde todo el dinero recaudado va inicialmente. Los fondos del cannabis se gastan de dos maneras. En primer lugar, el costo de la estructura reguladora: 28 FTEs. Lo que queda está disponible para asignaciones únicas. El BOS asigna los fondos discrecionales del CTF para atender las preocupaciones de la comunidad. El análisis del MCCGJ ha determinado que el CTF ha recaudado $69,7 millones desde su creación. El presupuesto del programa de Cannabis más las asignaciones documentadas desde 2016 suman un total de $61,7 millones, con un remanente de 8 millones. El saldo rodante al final de cada año o su saldo actual no se proporcionó al 67 Gran Jurado. Los ingresos del impuesto sobre el cannabis han crecido hasta convertirse en la segunda fuente de impuestos más importante para el fondo general del Condado. (Ver Apéndice C) Es necesario reexaminar el extenso marco normativo. La batería de inspecciones y requisitos y la elevada carga regulatoria impuesta a la recién nacida industria del cannabis dificultan la prosperidad de los negocios de cannabis. Los cultivadores se quejan de que la batería de inspecciones y requisitos supone una gran carga regulatoria para la naciente industria del cannabis. No existe un formulario de inspección estándar que cubra todas las regulaciones y requisitos de la industria. Las regulaciones, los impuestos y las tasas dificultan la prosperidad de los negocios de cannabis, dicen, especialmente con la reciente caída de los precios del cannabis. Algunos invernaderos de cannabis están cerrando sus puertas, presionados por el alto costo del negocio y la caída de los precios del cannabis. Una libra de producto que se vendía a $1.600 en 2020 se iba a menos de $500 en 2021. El condado de Monterey no tiene límite en el número de licencias de cannabis. En Montana, donde solo se permite la marihuana medicinal, el estado vincula el número de permisos de cultivador emitidos a un cálculo de la capacidad que puede soportar el mercado. El Programa de Cannabis hace una presentación anual al BOS, que incluye un documento que enumera muchas asignaciones únicas desde 2017, aunque los desembolsos individuales están ordenados por categoría (como salud o educación) en lugar de por año. Este documento enumera $3,4 millones para 2021 y $38,8 millones en asignaciones totales del CTF desde 2017. Las asignaciones únicas de los ingresos del Cannabis han incluido $20.000 para un centro de ancianos de Prunedale, $158.740 para un refugio para personas sin hogar de Salinas, $250.000 para un centro de fútbol de Salinas y $929.000 para un refugio de emergencia para mujeres. En el punto álgido de la pandemia, el BOS asignó entre $16 y $18 millones del CTF en medidas para ayudar a enfrentar la crisis, incluyendo $500.000 para el Banco de Alimentos para el Condado de Monterey y casi $3 millones 68 para un programa de alcance comunitario para proporcionar información vital sobre el coronavirus a poblaciones vulnerables y de habla inglesa limitada. El MCCGJ no pudo encontrar un proceso claro y coherente sobre cómo llegan estas solicitudes de adjudicación al BOS. A veces parece ser un proceso de “rueda chirriante”, en el que un grupo de la comunidad o una agencia del Condado que logra llamar la atención de un supervisor puede avanzar su solicitud. Las agencias que inspeccionan y revisan las operaciones de cannabis, como el Departamento de Salud y el Comisionado de Agricultura, reciben fondos del CTF. El dinero también se destina al Departamento del Sheriff y al Fiscal del Distrito para ayudar a combatir las operaciones ilegales de marihuana. Se esperaba que la legalización redujera el comercio ilegal. Pero uno de los efectos parece ser el aumento de la cantidad gastada en la vigilancia de las operaciones ilícitas de marihuana. Cuando el MCCGJ estaba terminando su investigación, el BOS publicó un estudio (febrero de 2022) realizado por City Gate Associates “Revisión de la organización del actual programa de cannabis, Condado de Monterey” con un costo de $200.000, financiado por el CTF. Este estudio apoya muchas de las conclusiones del MCCGJ. En particular, el estudio encontró problemas en el enfoque fragmentado de la regulación. El estudio también documentó la dificultad del proceso de obtención de permisos, que a veces tarda años en completarse. El estudio citaba a la Agencia de Gestión de Recursos (ahora Vivienda y Desarrollo Comunitario) como un importante cuello de botella. Mientras que el seguimiento de los impuestos y el gasto del cannabis era difícil, determinar el impacto económico de la nueva industria del cannabis era imposible. Una de las principales razones declaradas para la legalización fue el desarrollo económico, pero el condado no ha hecho nada para examinar los impactos económicos. EJEMPLO DE INSTALACIÓN DE LUZ MIXTA Uno de los objetivos económicos era reactivar los invernaderos ociosos que anteriormente se habían utilizado para cultivar flores. No pudimos encontrar ningún inventario de cuántos invernaderos cerrados existían antes de la legalización, o cuántos fueron reutilizados por los cultivadores de cannabis. No pudimos encontrar ningún recuento de cuánto impuesto sobre la propiedad adicional generaron estos invernaderos reutilizados. Tampoco pudimos encontrar ningún recuento de cuántos puestos de trabajo se han creado y cuántos ingresos han generado estos puestos de trabajo. Significativamente, el Condado no tuvo un gerente de desarrollo económico durante los primeros cinco años del programa de cultivo de cannabis. El condado finalmente contrató a un gerente de desarrollo económico en noviembre de 2021. Esperaríamos que el gerente de desarrollo económico respondiera a estas preguntas, 70 ya que la producción de cannabis ha sido promovida como uno de los proyectos de desarrollo económico más significativos en el Condado de Monterey no incorporado. La industria del cannabis del condado de Monterey tuvo un comienzo rápido después de que los votantes aprobaran el cultivo. Pero recientemente se ha topado con algunos baches. Los residentes que quieren entender mejor esta nueva industria, su impacto en el Condado, y las perspectivas para el futuro necesitan una información mejor y más fácilmente accesible. Esta acción establecería al Condado de Monterey como pionero entre los condados del Estado en la información sobre el impacto que el cannabis tiene en sus comunidades. HALLAZGOS
F6
Las estaciones de bomberos del NCFPD están anticuadas y los aparatos de bomberos necesitan ser actualizados y/o reemplazados.
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R6
El Programa de Cannabis adopta un proceso coherente de inspección y lista de comprobación. Implementación antes del 31 de diciembre de 2022. RESPUESTAS REQUERIDAS De acuerdo con el Código Penal §933 y 933.05, el Gran Jurado Civil solicita respuestas: De los siguientes funcionarios electos del condado en un plazo de 60 días: • Auditor-Controlador: Hallazgos: F1-F12 Recomendaciones: R1-R6 • Asesor/Secretario: Hallazgos: F1-F12 Recomendaciones: R1-R6 De los siguientes órganos de gobierno en un plazo de 90 días: • Junta de Supervisores del Condado de Monterey Hallazgos: F1-F12 Recomendaciones: R1-R6 RESPUESTAS INVITADAS Las siguientes respuestas son respuestas invitadas y no requeridas por la ley: • Asociación de la Industria del Cannabis del Condado de Monterey: Recomendación: R1-R6 • Gerente del Programa de Cannabis del Condado de Monterey Hallazgos: F3, F4, F5, F7 Recomendaciones: R1-R3, R5-R6 • Gerente de Desarrollo Económico del Condado de Monterey: Hallazgos: F11 Recomendación: R4 Los informes emitidos por el Gran Jurado no identifican a los individuos entrevistados. La sección 929 del Código Penal exige que los informes del Gran Jurado Civil no contengan el nombre de ninguna persona o hechos que conduzcan a la identidad de ninguna persona que proporcione información al Gran Jurado Civil. BIBLIOGRAFÍA Página web del Programa de Cannabis del Condado de Monterey: https://www.co.monterey.ca.us/government/departments-a- h/administrativeoffice/intergovernmental-and-legislative-affairs/cannabis-program#mcp Página web del Programa de Cannabis del Condado de Santa Cruz: https://www.sccocannabis.us/ Página web del programa de cannabis del Condado de Yolo: https://www.yolocounty.org/government/general-government- departments/communityservices/cannabis#:~:text=Yolo%20County%20Cannabis%20Pr ogram%20Overview%2 0In%20March%202016%2C,cannabis%20up%20to%201%20acre%20of%20garden%2 0canopy. Proyecto UC Davis con artículos sobre “Cannabis”: https://calag.ucanr.edu/archive/?article=ca.2019a0021 Periódico San Francisco Chronicle Periódico Monterey Herald Periódico semanal del Condado de Monterey Periódico semanal The Carmel Pine Cone Portal del Cannabis del Estado de California: https://www.counties.org/california- cannabis-authority Página web de los cultivadores de cannabis de California: https://calgrowersassociation.org/ Presentación del Programa Anual de Cannabis a la Junta de Supervisores del Condado de Monterey City Gate Associates “Revisión de la organización del actual programa de cannabis, Condado de Monterey”. (Feb. 2022) 74 APÉNDICES (Para MCCGJ ha sido un reto reunir estas cifras, que proceden de fuentes muy diversas) Apéndice A: Presupuesto del condado de Monterey de CTF Apéndice B: Cuadro de la carga fiscal del cannabis Apéndice C: Cronología y normativa de la ley del cannabis Apéndice D: Ingresos y gastos del programa de cannabis Apéndice E: Lista de condados de California que permiten la producción de cannabis 75 APÉNDICE A: PRESUPUESTO DEL CONDADO DE MONTEREY DE CTF 2021-2022 FTE Costos de Total del personal Departamento Otras 2.00 $216.214,00 $546.214,00 asignaciones financiadas por Cannabis‡ Comisionado 2.50 $328.585,00 $384.035,00 de Agricultura Auditor 1.00 $184.997,00 $184.997,00 Controlador Programa CAO 5.00 $711.082,00 $1.291.160,00 Finanzas CAO 1.00 $99.487,00 $99.487,00 Membresía 0.00 $0,00 $273.000,00 CAO CC 1.00 $252.549,00 $252.549,00 DA 3.50 $806.724,00 $806.724,00 Salud 5.25 $791.050,18 $1.346.050,18 HCD (Vivienda 3.00 $410.999,00 $410.999,00 y Desarrollo Comunitario) Oficina del 2.00 $531.730,00 $794.566,00 Sheriff TTC 1.98 $279.015,00 $393.482.00 DSS 1.00 $97.372,00 $97.372,00 Total AF 21-22 27.23 $4.493.590,18 $6.334.421,18 Gastos Recurrentes 76 APÉNDICE B: CUADRO DE CARGA FISCAL DEL CANNABIS Impuesto Impuesto/gramo Impuesto/onza Impuesto/libra Precio de la flor al $1.000 $28,38 $454,00 cultivador Impuesto local sobre el dosel - Vivero y cultivo a $265,000 $0,08 $2,25 $36,03 Tasas de licencia 8 licencias a $79.055 $0,03 $0,79 $12,65 Impuesto estatal de cultivo a $10,08/oz $0,36 $10,08 $161,28 Impuesto de distribución a 3% ingresos brutos $0,04 $1,24 $19,91 Impuesto especial (27% = 15% con un recargo del 80%) $0,41 $11,53 $184,52 Total para el $1,00 $28,38 $454,00 agricultor Total para el municipio y el Estado $0,91 $25,90 $414,35 Precio mayorista al $1,91 $54,25 $867,95 minorista Precio de venta al consumidor (2x el recargo) $3,83 $108,49 $1.735,89 Impuesto sobre las $0,35 $10,04 $160,57 ventas (9.25%) El cliente paga $4,18 $118,53 $1.896,47 Total Impuesto $574,92 Total Agricultor $454,00 Total Minorista $867,95 77 APÉNDICE C: CALENDARIO DE LA LEY DE CANNABIS Y REGLAMENTOS Fecha Título Cambio 1970 Ley Federal de Control de El Gobierno Federal clasificó la Sustancias Marihuana y cualquier derivado del Cannabis como un narcótico de la Lista 1 1996 Ley de Uso Compasivo El Estado permite la producción y el consumo de Cannabis medicinal 2015 MMRSA Comienza el proceso de regulación del cannabis en California 2016 Ley de Uso Adulto de la El Estado permite la producción y el Marihuana Propuesta 64 consumo de Cannabis recreativo 2017 Ley de Regulación y Seguridad El Estado permite la compra de Cannabis del Cannabis Medicinal y de a los no residentes Uso Adulto 2018 Regulaciones estatales y del El estado y el condado publican un condado de Monterey documento de pautas para la industria y la regulación del Cannabis 2022 California combina las Agencias en una sola Autoridad APÉNDICE D: INGRESOS Y GASTOS DEL PROGRAMA DE CANNABIS Año Impuesto sobre Presupuesto Asignaciones Total = el Cannabis Programa de aprobadas por Presupuesto + Cannabis CAO Asignaciones 2016-17 $2.057.951,00 $228.491,00 $228.491,00 2017-18 $14.467.021,71 $719.815,00 $158.740,00 $878.555,00 2018-19 $15.261.634,75 $3.735.933,50 $3.575.741,00 $7.311.674,50 2019-20 $17.830.753,72 $4.992.665,50 $8.133.890,00 $13.126.555,50 2020-21 $20.097.419,83 $5.575.795,50 $23.433.947,50 $29.009.743,00 2021-22 $6.334.421,18 $5.027.701,00 $11.362.122,18 Total $69.714.780,98 $61.917.141,18 78 APÉNDICE E: LISTA DE CONDADOS DE CALIFORNIA QUE PERMITEN LA PRODUCCIÓN DE CANNABIS Condado Cultivo Producción Venta minorista Alameda X X X Contra Costa X X X Del Norte X X X El Dorado X X X Humboldt X X X Imperial X X X Inyo X X X Lake X X X Los Ángeles X X X Mendocino X X X Mono X X X Monterey X X X Riverside X X X San Francisco X X X San Joaquin X X X San Luis Obispo X X X Santa Barbara X X X Santa Cruz X X X Sonoma X X X Stanislaus X X X Colusa X X X Trinity X X X Yolo X X X Calaveras X X Nevada X San Mateo X Ventura X San Diego X- Médica San Benito X Lassen X Los 27 condados que no figuran en la lista no participan en el Programa Estatal de Cannabis 79 80 RESPUESTA INICIAL DEL CONDADO DE MONTEREY A LA PANDEMIA DE COVID-19 RESUMEN El Condado de Monterey se vio envuelto en el nexo de una pandemia mundial y se vio obligado a lidiar con una situación para la que no estaba preparado. Así como tampoco lo estaban el gobierno federal y el gobierno del estado de California. Los cierres, el miedo y lo desconocido imperó en todo el mundo. Los ciudadanos a menudo estaban confundidos acerca de cómo se suponía que debían protegerse a sí mismos y a sus familias. Ante una situación desconocida como el inicio de la pandemia en 2020, el Condado de Monterey, como todos los demás condados del estado, confió en la dirección del estado. En su respuesta a la pandemia, el gobierno del condado experimentó fallas en la planificación, ejecución y dirección en su esfuerzo por calmar a la población y mantenerla informada. La información enviada al público a menudo era confusa cuando se podía encontrar. La información publicada a través de cualquier número de canales a menudo era contradictoria y confusa. Algunos de los funcionarios encargados de informar al público se mostraban reacios a presentarse cuando era necesario. Un factor adicional para hacer llegar el mensaje al público es que, a menudo, al público no le gusta el mensaje, lo que los lleva a buscar en otros lugares información más de su agrado. Esto fracturó aún más el respeto requerido para conquistar colectivamente un evento como una pandemia. El Gran Jurado Civil del Condado de Monterey (MCCGJ, por sus siglas en inglés) se centró en los primeros 30 a 60 días cruciales de respuesta. Este informe exige el desarrollo de un plan más integral para comunicarse con la diversa población del Condado de Monterey en situaciones extremas como una pandemia mundial o un desastre natural. Dentro de lo razonable, cualquier canal con el que la gente esté más familiarizada debe usarse para transmitir una sola respuesta unificada de las agencias representativas. Este informe se enfoca en recomendaciones para fortalecer las redes de información pública en todo el condado. La intención es garantizar que nuestros ciudadanos reciban información y orientación claras y consistentes durante todo tipo de emergencias. El MCCGJ también identificó la necesidad de capacitación adicional del personal clave involucrado en las operaciones de emergencia. GLOSARIO AMC Sistema de Alerta del Condado de Monterey ARPA Ley del Plan de Rescate Estadounidense BOS (Condado de Monterey) Junta de Supervisores CAO Oficina Administrativa del Condado CDC Centros para el Control de Enfermedades CHW Trabajador de Salud Comunitario (en proyecto VIDA) COVID-19 La enfermedad por coronavirus (COVID-19) es una enfermedad infecciosa causada por el virus SARS-CoV-2 CPHO Oficial de salud pública del condado CTF Fondo de Impuestos al Cannabis DPH (Condado de Monterey) Departamento de Salud Pública DSW Trabajadores del servicio ante desastres EMS Servicios médicos de emergencia EOC (Condado de Monterey) Centro de Operaciones de Emergencia IC Comandante de incidentes ICS Sistema de Comando de Incidentes OES Oficina de Servicios de Emergencia (Condado de Monterey) PIO Oficial de información pública EPP Equipo de protección personal SEMS (California) Sistema estandarizado de manejo de emergencias VIDA Distribución Integrada de Ayuda ante el Virus (proyecto) OMS Organización Mundial de la Salud 82 ANTECEDENTES Desde el primer caso identificado del nuevo coronavirus (COVID-19) en Wuhan, China, el mundo ha estado en crisis lidiando con la primera gran pandemia en más de 100 años. A medida que los casos se extendieron por todo el mundo, el primer caso de COVID-19 en los Estados Unidos se detectó en hogares de ancianos en el estado de Washington. Rápidamente se extendió a las principales Ciudades de los EE. UU. en todo el país. Para la gente del Condado de Monterey, la pandemia de COVID-19 se hizo evidente cuando los pasajeros infectados de un crucero fueron puestos en cuarentena en el Parque Estatal Asilomar en Pacific Grove. La abrumadora magnitud de la pandemia de COVID-19 se hizo evidente cuando el gobernador Gavin Newsom declaró el estado de emergencia el 4 de marzo de 2020. Desde ese día, las ciudades y los condados de todo el estado han respondido a la amenaza para la salud pública utilizando todos los recursos que se desarrollaron a lo largo del tiempo para responder a un brote de enfermedades infecciosas. Desafortunadamente, al principio de la pandemia se hizo evidente que las herramientas de salud pública existentes para combatir los brotes de enfermedades infecciosas no eran adecuadas para esta situación abrumadora. El público recibió orientación contradictoria de todos los niveles de gobierno sobre cómo protegerse mejor a sí mismos, a sus familias y a sus comunidades. El problema de la orientación contradictoria persiste hasta el día de hoy, después de más de dos años de pandemia. METODOLOGÍA El MCCGJ investigó los primeros días de la respuesta pandémica del Condado de Monterey, incluyendo una revisión exhaustiva de documentos e informes. El MCCGJ también realizó entrevistas en profundidad con personal relevante del condado que estuvo íntimamente involucrado en las actividades de respuesta, así como con funcionarios electos y designados del condado. El MCCGJ también revisó las leyes estatales pertinentes y las ordenanzas del condado para determinar las funciones y responsabilidades del condado en una emergencia de salud pública. DISCUSIÓN Desde el comienzo de la pandemia de COVID-19, el Condado de Monterey se basó en su propio sitio web, cuentas de redes sociales y cobertura de los medios locales para comunicarse con el público sobre el estado de la pandemia y las directivas de salud pública. El sitio web publicó las Órdenes y actualizaciones del Oficial de Salud Pública del Condado (CPHO, por sus siglas en inglés), así como otras noticias e información pertinentes sobre la pandemia. Oficial de Salud Pública del Condado y Departamento de Salud El 4 de marzo de 2020, el gobernador emitió una declaración de emergencia de salud pública en todo el estado. La primera Orden de "Refugio en el lugar" de la CPHO se emitió el 17 de marzo de 2020. La Orden se volvió a emitir el 3 de abril de 2020, ampliando las restricciones, incluyendo el cierre de todas las instalaciones recreativas públicas compartidas, parques y áreas de picnic. También se prohibió la construcción residencial y comercial, y los funerales se limitaron a la asistencia de 10 personas. Se emitieron órdenes adicionales de CPHO el 10 de abril, requiriendo que todos los laboratorios que realizan pruebas de COVID-19 informen todos los resultados al Departamento de Salud. El 28 de abril, se emitieron órdenes adicionales que exigen cubrirse la cara al salir al público para realizar actividades esenciales. La Orden del 28 de abril también desaconsejó enfáticamente el uso generalizado de mascarillas médicas/quirúrgicas (N95) debido a la grave escasez de equipo de protección personal (EPP) en todo el estado. A lo largo de este tiempo, la investigación no encontró evidencia de que la emisión de Órdenes CPHO fuera coordinada con el Centro de Operaciones de Emergencia (EOC, por sus siglas en inglés) y comunicada al público a través del Oficial de Información Pública (PIO, por sus siglas en inglés) del EOC. El sitio web del condado también publicó noticias e información el 26 de marzo, anunciando que el Hospital Natividad había establecido una línea directa bilingüe para responder preguntas sobre el COVID-19 y estaba realizando evaluaciones virtuales de las personas que experimentaban síntomas del COVID-19. El 23 de abril de 2020, el sitio web del condado publicó que Salud Conductual del Condado de Monterey anunció la creación de una serie de oportunidades gratuitas para desarrollar estrategias de afrontamiento y habilidades de resiliencia. El Condado de 84 Monterey anunció la apertura de dos sitios de prueba de COVID-19 en Salinas y Greenfield a partir del 5 de mayo de 2020. Posteriormente, en la primera semana de mayo de 2020, el CPHO actualizó la orden de refugio en el lugar para aliviar las restricciones en la construcción, los campos de golf, las guarderías y las iglesias de autocine, y para permitir que ciertas empresas locales comiencen a brindar servicios de recogida en la acera a los clientes. En marzo de 2020, el Departamento de Salud del Condado determinó que era necesario establecer un centro de llamadas. El personal del departamento fue reasignado de sus deberes normales y capacitado para operar el centro de llamadas. Aproximadamente seis semanas después de que se emitiera la orden inicial de Refugio en el lugar, el Departamento de Salud del Condado completó un borrador del "Plan de Vigilancia de la Nueva Enfermedad del Coronavirus (COVID-19) 2019" para identificar la recopilación, el análisis y la interpretación sistemáticas de los datos del COVID-19 esenciales para la planificación, implementación y evaluación de la práctica de salud pública. Oficina de Servicios de Emergencia (OES, por sus siglas en inglés) y Centro de Operaciones de Emergencia (EOC) Las agencias estatales y los gobiernos locales deben utilizar el Sistema Estandarizado de Gestión de Emergencias (SEMS, por sus siglas en inglés) de California en todo el estado para responder a los desastres. El objetivo principal de SEMS es ayudar en la comunicación y la respuesta proporcionando un lenguaje y un sistema de gestión comunes. El SEMS proporciona una organización de respuesta a emergencias de cinco niveles, que se activa según sea necesario, para brindar una respuesta eficaz a emergencias de múltiples agencias y múltiples jurisdicciones. El marco básico de SEMS incorpora el uso del Sistema de Comando de Incidentes (ICS, por sus siglas en inglés), que proporciona al comandante de incidentes (IC, por sus siglas en inglés) un marco claro para estructurar, organizar y gestionar una emergencia. Cuando ocurre un desastre natural/médico o una pandemia en el Condado, la práctica estándar es que el Oficial Administrativo del Condado (CAO, por sus siglas en inglés) active el EOC, que opera bajo la estructura y los protocolos del ICS. El EOC cuenta con personal del condado que tiene conocimiento directo y experiencia relacionada con la emergencia específica en cuestión. Los protocolos del ICS establecen un Oficial de Información Pública (PIO) del EOC a través del cual todas las comunicaciones al público sobre el estado de la emergencia se canalizan y difunden. Bajo los protocolos del ICS para la activación de un EOC, se designa un Comandante de incidentes (IC) para dirigir las operaciones del EOC. La operación exitosa de un EOC requiere que el IC esté bien informado en una emergencia específica y tenga la autoridad para actuar como un IC. Un CPHO tiene los conocimientos necesarios para asumir el rol de CI durante la pandemia. Esta investigación no encontró evidencia de que el Departamento de Salud del Condado o el CPHO hayan participado en la operación del EOC como Comandante del Incidente. Además, esta investigación encontró que la información sobre la pandemia se dio a conocer al público desde varias fuentes y no se coordinó a través del EOC. El Código de Salud y Seguridad del Estado de California otorga a cada Oficial de Salud del Condado amplios poderes y autoridades para responder a desastres médicos y brotes de enfermedades infecciosas. Específicamente, la Sección 101040 (a) establece que “El oficial de salud local puede tomar cualquier medida preventiva que sea necesaria para proteger y preservar la salud pública de cualquier peligro para la salud pública durante cualquier “estado de emergencia” como se define en la Sección 8558 de la Código, dentro de su jurisdicción.” Durante una declaración de emergencia, todos los empleados del Condado son designados como Trabajadores de Servicios de Desastres (DSW, por sus siglas en inglés). Bajo esta designación, los empleados del Condado pueden ser reasignados a tareas que se requieran en respuesta a la emergencia. Se informó que varios departamentos del condado no cumplieron con las solicitudes de DSW de la Oficina de Servicios de Emergencia (OES) para proporcionar personal al EOC. Además, se informó que algunos miembros del personal del condado que fueron asignados para ocupar puestos en el EOC habían recibido poca o ninguna capacitación en ICS. Notificación al Público Cuando el Condado de Monterey activó el EOC en respuesta a la pandemia, se tomó la decisión de no utilizar el sistema de Alerta del Condado de Monterey (AMC, por sus siglas en inglés) existente para comunicar información de salud pública a los residentes y empresas del condado. El razonamiento detrás de la decisión es que el sistema AMC es un servicio basado en suscriptores que requiere que las personas se registren de manera proactiva para 86 recibir las alertas y la base actual de suscriptores no incluye una proporción considerable de la población del condado. El sistema AMC tiene la capacidad de llegar a todos los residentes del condado con un teléfono inalámbrico, una línea fija o una computadora, y los mensajes se pueden enviar en inglés o en español. Además, los mensajes se pueden orientar por vecindario, ciudad o área geográfica según la dirección física. El MCCGJ 2014-15 emitió un informe que indica que el condado no había asignado suficientes recursos o esfuerzos para registrar de manera efectiva a los residentes del condado en el sistema AMC. El MCCGJ también señaló que las sesiones informativas de COVID-19 del condado no incluyeron a una persona capacitada en el lenguaje de señas estadounidense para comunicarse con los residentes con problemas de audición. También se reconoció durante la respuesta inicial a la pandemia que el Condado no tenía acceso adecuado a traductores certificados del idioma español para la difusión de información pública sobre el COVID-19 en español. El papel de informar al público involucra a un Oficial de Información Pública (PIO) en cada departamento del condado. Cuando comenzó la pandemia, el puesto de PIO del Condado de Monterey, la voz de la Junta de Supervisores (BoS, por sus siglas en inglés), estaba vacante y no se proporcionó personal para la oficina de PIO. El EOC tenía un PIO, pero no personal de apoyo. El Departamento de Salud del Condado tenía un PIO y personal asignado, al igual que todos los hospitales del condado. En consecuencia, los mensajes públicos de COVID-19 no fueron coordinados ni consistentes en todo el gobierno del condado. A principios de 2022, la BoS decidió financiar el puesto de PIO del condado y personal de apoyo para la oficina. Hospitales Al principio de la pandemia, se reconoció que era necesario establecer sitios alternativos para el desbordamiento de pacientes y contar con personal hospitalario cuando todos los hospitales del condado estaban abrumados y no podían proporcionar el tratamiento necesario. El Condado también contrató a un antiguo CAO del Condado de Monterey para negociar un acuerdo entre los diversos hospitales del condado a fin de proporcionar el personal necesario para los sitios alternativos identificados. La investigación del MCCGJ no pudo encontrar evidencia de que se haya llegado a ningún acuerdo con los hospitales para dotar de personal a los sitios de desbordamiento de pacientes. La investigación del MCCGJ encontró que la Clínica de Salud sin fines de lucro brindó recursos valiosos para llegar a los trabajadores agrícolas en todo el Condado de Monterey, ofreciendo información bilingüe sobre el COVID-19, educación pública sobre las órdenes de "refugio en el lugar" del condado y pruebas iniciales de COVID-19 y seguimiento de casos positivos en la población trabajadora agrícola. Acciones del Condado El BoS destinó aproximadamente $16 - $18 millones del Fondo del Impuesto al Cannabis (CTF, por sus siglas en inglés) para apoyar las diversas actividades de respuesta a la pandemia del COVID-19 en los años fiscales 2019-20 y 2020-21. El Condado tuvo la suerte de contar con los ingresos disponibles del impuesto al cannabis para apoyar las actividades de respuesta a la pandemia del COVID-19. Los ingresos recaudados del impuesto al cannabis por el Condado están sujetos a las fluctuaciones en las condiciones del mercado del cannabis. En consecuencia, la dependencia de esta fuente de ingresos para futuras actividades de respuesta a emergencias podría ser problemática para el Condado. El MCCGJ reconoce que el Condado finalmente implementó medidas efectivas para abordar algunos de los problemas de comunicación y divulgación que plagaron la respuesta inicial del Condado. La BoS contrató al consultor TMD Enterprises para mejorar la coherencia y la coordinación de la información pública sobre el COVID-19, que incluía llegar a la población diversa en sus idiomas en todo el Condado. El contrato fue aprobado a finales de junio de 2020. Cuando los grupos comunitarios reconocieron la falta de alcance a las poblaciones vulnerables y en riesgo en el Condado, recurrieron a la Fundación Comunitaria de Monterey para ayudar a abordar el problema. El resultado fue la creación del proyecto Distribución Integrada de Ayuda ante el Virus (VIDA, por sus siglas en inglés) que lanzó el programa Trabajador de Salud Comunitario (CHW, por sus siglas en inglés). Posteriormente, en diciembre de 2020, la BoS destinó $4,9 millones en fondos federales de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense (ARPA, por sus siglas en inglés) para financiar el programa CHW. El objetivo del programa era brindar divulgación, educación y apoyo para prevenir la propagación del COVID-19 y promover la recuperación total asegurando un aislamiento y una cuarentena adecuados. VIDA inició la puesta en marcha del programa en enero de 2021, nueve meses después de la declaración de la pandemia. VIDA continuaría hasta convertirse en un programa reconocido a nivel nacional por su éxito de alcance. Sin embargo, como se establece en las conclusiones del MCCGJ y la recomendación de esta investigación, persisten problemas estructurales significativos con la respuesta a la pandemia por parte del Condado hoy, más de dos años después de la pandemia. RECOMENDACIONES
F7
El número de llamadas de servicio es similar entre NCFPD y MCRFD. El norte del condado sólo tiene la mitad de personal y responde con equipos anticuados.
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R7
Antes del 1 de septiembre de 2022, las comunicaciones públicas durante un incidente de emergencia aborden la comunicación efectiva con los residentes del condado con discapacidad auditiva y que no hablen inglés.
F8
Los Acuerdos automáticos y de ayuda mutua no son suficientes por sí solos para resolver los problemas de cobertura de incendios en los dos distritos.
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R8
La CAO aclare la autoridad y las responsabilidades del Departamento de Salud y el Funcionario de Salud conforme a la ley estatal para responder a desastres médicos o brotes de enfermedades infecciosas y las incluya en los planes de respuesta de emergencia antes del 31 de diciembre de 2022.
F9
Existen claras diferencias en los servicios EMS entre NCFPD (EMTs) y MCRFD (Paramédicos).
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R9
El Condado ingrese Memorandos de Entendimiento con todos los sistemas hospitalarios en el Condado de Monterey para establecer los términos y condiciones para la cooperación y la asignación de recursos durante un desastre médico designado en todo el condado o un brote de enfermedad infecciosa antes del 30 de junio de 2023. RESPUESTAS REQUERIDAS De conformidad con el Código Penal (Sección) 933 y 933.05, el Gran Jurado Civil solicita una respuesta del siguiente órgano rector:  Conclusiones de la Junta de Supervisores del Condado de Monterey: F1-F8 Recomendaciones: R1-R9 90 RESPUESTA INVITADA  Oficina de Servicios de Emergencia del Condado de Monterey Conclusiones: F2-F7 Recomendaciones: R1-R2, R5-R6  Oficina de Salud Pública/Departamento de Salud del Condado de Monterey Conclusiones: F1, F3-F8 Recomendaciones: R3-R7  Oficial Administrativo del Condado Conclusiones: F8, Recomendaciones: R8-R9 Los informes emitidos por el Gran Jurado no identifican a las personas entrevistadas. La sección 929 del Código Penal requiere que los informes del Gran Jurado no contengan el nombre de ninguna persona o hechos que conduzcan a la identidad de cualquier persona que proporcione información al Gran Jurado. BIBLIOGRAFÍA (1) Plan de vigilancia de la nueva enfermedad por coronavirus (COVID-19) de 2019 (borrador el 25 de abril de 2020) (2) Sitio web de la página de medios COVID-19 del Condado de Monterey (3) “Plan departamental contra la influenza pandémica” del Departamento de Salud del Condado de Monterey (11 de junio de 2013) (4) Oficial de Salud de las Especificaciones de Clasificación del Condado de Monterey. (Febrero de 2000) (5) Preguntas Frecuentes sobre el Departamento de Salud del Condado de Monterey (20 de marzo de 2020) (6) Gestión de emergencias durante la Crisis Sanitaria Mundial, “Plan de Operaciones Médicas ante Desastres por Kelsey Scanlon del “Departamento de Salud del Condado de Monterey” Noviembre 2019 (7) Organigrama del Departamento de Salud del Condado de Monterey (2.12.2021) (8) Plan de Operaciones de Emergencia del Departamento de Salud del Condado de Monterey (Plan Básico) 13 de febrero de 2018 (9) Orden de refugio en el lugar Oficial de Salud Pública del Condado de Monterey (Dr. Moreno) (pruebas de laboratorio, comida para llevar, etc.) (10) Informe de la Junta de Supervisores del Condado de Monterey del 16 de noviembre de 2021 "La PHO continúa recomendando medidas de distanciamiento social para las reuniones de los cuerpos legislativos". (11) Manual de Respuesta a Emergencias y Programa de Prevención de COVID-19 del Condado de Monterey en marzo de 2020 (12) Informe de situación del Condado de Monterey (9.7.21 Sitio web de COVID-19 (en español) (13) Informe del Gran Jurado Civil del Condado de Monterey 2007 “EVALUACIÓN OES” (14) Comunicados de prensa del Departamento de Salud del Condado de Monterey (20.3.2020 en adelante) (15) Informe Final Consolidado 2020-2021 del Gran Jurado Civil del Condado de Santa Cruz “Realidad Virtual en el Año de la Pandemia” (16) Autoridad Estatutaria del Oficial de Salud del Condado (Información Legislativa de California) (17) Informe "Después de la Acción" de Tetra Tech sobre la activación del EOC durante la pandemia del Covid 19, que incluye aportes de la Oficina de Presupuesto de la CAO, Asesor del Condado, el Departamento de Servicios Sociales, el Departamento de Salud, el Sheriff/Forense, que cubre el desarrollo económico; Administración; Salud y Servicios Humanos; Infraestructura y Seguridad Ciudadana. (18) Acuerdo de Retención del Alcance del Trabajo de TMD Creative del Condado de Monterey ante el COVID-19 (junio 2020), adoptado el 26 de marzo de 2022. (19) https://www.co.monterey.ca.us/government/departments-a-h/administrative- office-of-emergency-services/response/COVID-19. https://www.santacruzhealth.org/HSAHome/HSADivisions/PublicHealth/ CommunicableDiseaseControl/CoronavirusHome.aspx 92 ANEXOS Anexos A - Cronología Temprana de la Pandemia Apéndice B - Cronología Estatal de la Pandemia 93 ANEXO A: Cronología Temprana de la Pandemia: 21 de diciembre de 2019 Primer caso confirmado de COVID-19 en Wuhan, China 21 de enero de 2020 Primer caso confirmado en los EE. UU. en el estado de Washington 26 de enero de 2020 Primer caso confirmado en California 30 de enero de 2020 OMS (Organización Mundial de la Salud) declara la emergencia de salud pública de interés internacional. 4 de febrero de 2020 Los EE. UU. declara emergencia de salud pública, se implementan las restricciones de viaje 28 de febrero de 2020 Primer caso de propagación comunitaria en California 2 de marzo de 2020 EOC (Centro de Operaciones de Emergencia) del Condado de Monterey activa el nivel (3) tres más bajo. 3 de marzo de 2020 - DOC (Centro de Operaciones del Departamento) del Departamento de Salud del Condado de Monterey activado 4 de marzo de 2020 - Primera muerte por COVID-19 en California 4 de marzo de 2020 - El gobernador Newsom declara el estado de emergencia. 6 de marzo de 2020 - DPH (Departamento de Salud Pública) comienza a realizar pruebas para COVID-19. 10 de marzo de 2020 - La Junta de Supervisores aprueba la declaración de Emergencia del Condado el 6 de marzo de 2020 11 de marzo de 2020 - La OMS (Organización Mundial de la Salud) declara Pandemia por COVID-19. 12 de marzo de 2020 - El Gobernador Newsom emite la Orden Ejecutiva E0-N-25- 20: “Todos los residentes presten atención a las órdenes y orientación de los funcionarios de salud pública estatales y locales, incluyendo, pero no limitado a, la imposición de medidas de distanciamiento social, para controlar la propagación de COVID-19”. 13 de marzo de 2020 - El presidente Trump declara una emergencia nacional 13 de marzo de 2020 - 12 pasajeros del crucero Diamond Princess en cuarentena en el Hotel Asilomar, Pacific Grove mientras se sometían a pruebas. 13 de marzo de 2020 - Ciudades de Seaside, Marina, Monterey, Carmel y Pacific Grove proclaman emergencias locales. 16 de marzo de 2020 - Las escuelas y bibliotecas del Condado de Monterey cierran por orden ejecutiva del gobernador Newsom. 16 de marzo de 2020 - Las ciudades de Del Rey Oaks, Gonzales, Greenfield, King City y Soledad declaran emergencias locales. 17 de marzo de 2020 - Los Condados de Marin, Contra Costa, Alameda, Santa Clara, San Mateo, Santa Cruz y San Francisco ordenan "Refugio en el lugar" a partir del 18 de marzo de 2020. 17 de marzo de 2020 - Primeros dos casos confirmados de COVID-19 en el Condado de Monterey el 17 de marzo de 2020 - El Dr. Moreno, Oficial de Salud Pública del Condado de Monterey, emite orden de “refugio en el lugar”. 94 17 de marzo de 2020 - La Ciudad de Salinas, y Sand City proclaman la existencia de una emergencia local. 18 de marzo de 2020 - Se suspendieron las visitas a la cárcel del Condado de Monterey. 18 de marzo de 2020 - El EOC eleva la acción al Nivel (2) Dos. 19 de marzo de 2020 - El gobernador Newsom emite una orden de quedarse en casa para todo el estado. 21 de marzo de 2020 - Primera muerte del condado debido a complicaciones de COVID-19. 1 de abril de 2020 - Salud Pública del Estado publica "Guía para el uso de mascarillas" 3 de abril de 2020 - El Oficial de Salud Pública modificó el "Refugio en el lugar" original. 6 de abril de 2020 - El EOC eleva al Nivel I. 14 de abril de 2020 - El EOC del área de operaciones del Condado de Monterey anuncia cuidado alternativo y sitios alternativos de vivienda. 24 de abril de 2020 - El oficial de salud del Condado de Monterey emite orden de alojamiento a corto plazo. 8 de mayo de 2020 - Suplemento a la Orden de Refugio en el Lugar emitida, que permite a las empresas minoristas proporcionar un servicio de recogida en la acera a los clientes. 11 de mayo de 2020 - Los sitios de prueba comunitarios ahora están abiertos al público. 19 de mayo de 2020 - Lanzamiento de Camino a la Recuperación del Condado de Monterey, trazando el progreso del condado hacia la reapertura. ANEXO B El Centro de Operaciones Estatal (SOC, por sus siglas en inglés) de la OES de CAL se activó el 20.03.20 a las 0700 horas en apoyo a la respuesta estatal del Centro de Coordinación de Salud Médica (MHCC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Salud Pública de California (CDPH, por sus siglas en inglés) al COVID-1119. La OES continuará brindando coordinación de recursos para el evento COVID-10, así como también informes del estado de la situación y planificación anticipada en múltiples áreas. Resumen de situaciones: Proclamación del Estado de Emergencia de California 04.03.20 El gobernador Newsom declaró una emergencia para California, debido a la pandemia global de COVID-19 que comenzó en diciembre de 2019, para poner a disposición recursos adicionales, formalizar las acciones de emergencia que ya están en marcha en varias agencias y departamentos estatales, y ayudar al estado a prepararse para una propagación más amplia de COVID-19. Decreto Ejecutivo N-33-20 19.3.20 El Oficial de Salud Pública de California y el Director del Departamento de Salud Pública de California ordenaron a todas las personas que viven en el Estado de California que se queden en casa o en su lugar de residencia, excepto cuando sea necesario para mantener la Continuidad de las Operaciones de los sectores de infraestructura crítica Federal. Aviso de salud global 19.3.20 El Departamento de Estado emitió un Aviso de Salud Global en el Nivel 4 (No viajar) debido al impacto global de COVID-19. FEMA-4482-DR-CA 20.3.20 El presidente Trump aprobó las principales declaraciones FEMA-4482-DR-CA (DR- 96 4482) para la pandemia de COVID-19 Casos globales CONFIRMADOS de COVID-19 (según las actualizaciones en vivo de COVID-19 por Worldometers) 18.08.20 a las 10:00 horas: Total de casos confirmados en 213 países: 22.173.219 Total de Muertes: 779.976 Total de casos confirmados de COVID-19 en los Estados Unidos (por CDC): 5.422.242 Total de muertes en los EE. UU.: 169.870 Total de casos confirmados de COVID-19 en California (por Coordinación y Prevención de Salud Médica en los CDC) 632.667 97 98 ¿SEGURIDAD PÚBLICA A QUÉ COSTO? RESUMEN Durante el período 2021 - 2022 del Gran Jurado Civil del Condado de Monterey (MCCGJ, por sus siglas en inglés), se recibió una denuncia sobre tres recientes intentos de fuga de la Cárcel del Condado de Monterey (Cárcel) y la falta de comunicación al respecto, lo que suscita preocupaciones de seguridad para la comunidad. El Código Penal de California, en su artículo 919(b), dispone que “el gran jurado examinará el estado y la gestión de las prisiones públicas del condado”. En cada uno de los intentos de fuga se detectaron vulnerabilidades en los sistemas de seguridad física y tecnológica, así como violaciones de los procedimientos. El Centro de Despacho del 911 no había dado aviso a la Oficina del Sheriff del Condado de Monterey (Oficina del Sheriff) ni a la Cárcel. Desde entonces, se han implementado medidas de mitigación, pero los problemas persisten. GLOSARIO AB109 Proyecto de Ley de la Asamblea 109 AB1185 Proyecto de Ley de la Asamblea 1185 BOS Junta de Supervisores del Condado de Monterey CAO Oficina Administrativa del Condado de Monterey Cárcel Cárcel del Condado de Monterey MCCGJ Gran Jurado Civil del Condado de Monterey Manual de Operaciones Manual de Operaciones de la Oficina del Sheriff del Condado de Monterey Oficina del Sheriff Oficina del Sheriff del Condado de Monterey ANTECEDENTES La Constitución del Estado de California, en su capítulo XI, artículo 4(c), designa a los Sheriffs del Condado como oficiales electos por voto popular. La legislación de California exige que en cada condado haya una junta de supervisores que supervise la conducta oficial de todos los oficiales del condado y se asegure de que desempeñen correctamente sus labores. El presupuesto de la Oficina del Sheriff se presenta a través de la Oficina Administrativa del Condado (CAO, por sus siglas en inglés) y la Junta de Supervisores del Condado de Monterey (BOS, por sus siglas en inglés) efectúa la revisión y aprobación anualmente. La BOS no ejerce ningún otro control formalmente requerido o autorizado sobre las operaciones de la Oficina del Sheriff. El Proyecto de Ley de la Asamblea 109 (AB109), también conocido como la ley de “Reajuste de Justicia Penal”, fue promulgado el 4 de abril de 2011. El objetivo pretendido por el AB109 era reducir la reincidencia entre los reclusos que reunían los requisitos, mediante un encarcelamiento más cercano a su domicilio y el acceso a programas y supervisión a nivel de condado. Los reclusos condenados por delitos menos violentos y menos gravosos y cuyas penas fueran sólo de hasta cuatro años, son reubicados en cárceles del condado, en lugar de prisiones estatales, salvo que fueran descalificados 100 debido a condenas graves anteriores. El Departamento Correccional del Estado esperaba reducir la población penitenciaria estatal y reducir los costos para el Estado. Uno de los resultados es el aumento de la población de presos que cumplen sentencias más largas en las cárceles del condado. La implementación del AB109 ha tenido un impacto significativo en la dotación de personal, la capacitación, las operaciones, los sistemas de seguridad, las necesidades de alojamiento y los costos de la Cárcel. La ampliación de la cárcel, concluida en marzo de 2022, dejará disponibles las anteriores instalaciones para usos como el centro de mujeres y los programas de salud mental. Esto aumentará la capacidad física del establecimiento a 1.401 reclusos. DISEÑO DEL NUEVO PABELLÓN DE LA CÁRCEL 101 METODOLOGÍA Durante su investigación, el MCCGJ:  Realizó visitas a la Cárcel y al centro de despacho del 911  Entrevistó a numerosos oficiales y empleados de la oficina del Sheriff y de la CAO  Entrevistó a los miembros de la BOS  Obtuvo y revisó los documentos pertinentes  Revisó los informes anteriores del Gran Jurado Civil  Realizó búsquedas en Internet sobre documentos y artículos periodísticos Cabe destacar la franqueza de todos los organismos gubernamentales y los entrevistados involucrados ante la MCCGJ durante la investigación. DESARROLLO Fugas de la Cárcel En la madrugada del domingo 3 de noviembre de 2019, dos sospechosos de homicidio se escaparon de la Cárcel. Rompieron una parte del techo del baño de su celda, se movilizaron por el espacio de ventilación del techo y la pared y abrieron a patadas un panel de acceso a servicios públicos desde el lado interior de la Cárcel, que daba acceso al muro exterior. Treparon la valla perimetral y se marcharon sin ser detectados. Aprovecharon un punto ciego del sistema de videovigilancia y una valla de construcción temporal menos segura que la valla perimetral normal de la Cárcel. Fueron detenidos el martes 5 de noviembre, alrededor de las 11:30 p.m., cuando intentaban cruzar a los Estados Unidos desde México en una frontera cercana a Tijuana. Otro sospechoso de homicidio se escapó el lunes 18 de enero de 2021, cerca de las 3:00 p.m., del patio de ejercicios de la terraza de la Cárcel durante el horario de acceso al exterior supervisado del mediodía. Se escondió en una alcoba semioculta mientras los demás reclusos bajaban por una escalera interior. Mientras el guardia estaba distraído, el recluso trepó una valla alambrada de 15 pies de altura y se lanzó al otro lado 102 sobre una zona exterior abierta de la azotea. El recluso corrió hacia el borde de la azotea y, sin verse impedido por vallas o alambres de espino, saltó al suelo y escapó. Los guardias de vigilancia omitieron seguir los procedimientos de recuento obligatorios, por lo que no se detectó la ausencia del fugitivo hasta pasadas tres horas. El fugitivo se entregó más tarde a la policía de King City, el miércoles 20 de enero, alrededor de las 2:00 a.m. El miércoles 17 de noviembre de 2021, en un intento de fuga, un recluso logró trepar una columna de mampostería sin ser descubierto. En tan solo 13 segundos, el fugitivo dejó al descubierto un punto débil que existía de hace tiempo en el perímetro de seguridad. Procedimientos de supervisión de reclusos El Manual de Operaciones de la Oficina del Sheriff del Condado de Monterey establece procedimientos claros para realizar recuentos, tanto de forma periódica cuando los reclusos están en sus celdas, como cuando son escoltados de un lugar a otro. Este descuido fue el fallo de seguridad más grave. La identificación inmediata de la ausencia del recluso ciertamente habría puesto fin al suceso. En el caso de la fuga de enero de 2021, los guardias no realizaron un recuento de reclusos cuando fueron escoltados desde el patio de la terraza al bloque de celdas. La evaluación que realizó el sheriff tras el incidente puso de manifiesto estas violaciones de procedimientos, lo que dio lugar a la imposición de medidas disciplinarias a los guardias involucrados y al posterior refuerzo de capacitación sobre los procedimientos de custodia. El sistema de videovigilancia de la Cárcel En la fuga de noviembre de 2019, no se ha podido encontrar ninguna grabación de la fuga. En la fuga de enero de 2021, el fugitivo no fue atrapado en el acto porque no se realizó el monitoreo adecuado de las cámaras de videovigilancia. Al reproducir las grabaciones de video durante la investigación que efectuó la Cárcel tras el incidente, se pudo observar cómo el fugitivo se dirigía a la valla del patio terraza una vez que los demás reclusos y los guardias se habían retirado. Luego se pudo visualizar en video al fugitivo escapando a corridas de la Cárcel tras saltar al suelo desde una zona 103 no vigilada del techo. En la denuncia presentada ante el MCCGJ, se planteó la cuestión de que no se utilizaron las alertas por detección de movimiento, una función estándar en los sistemas modernos de videovigilancia, para facilitar la detección de fugas. La investigación del Gran Jurado confirmó que así fue. La explicación que dieron los empleados de la cárcel fue que no era práctico debido a la frecuente actividad física habitual en las instalaciones. Esto es una preocupación legítima. Sin embargo, si existen situaciones en las que habilitar selectivamente la función de alarma por detección de movimiento mejoraría la seguridad con un mínimo de alarmas molestas, la preocupación por la decisión de no utilizar esta función en absoluta es igualmente legítima. El hecho de que haya unas 200 cámaras con sólo unas pocas personas que las monitorean hace que ambos argumentos sean legítimos. Seguridad física en la Cárcel En ambas fugas (noviembre de 2019 y enero de 2021), se constataron fallas de seguridad física en los bloques de celdas y en el vallado de la Cárcel. En cada caso, la Cárcel adoptó medidas correctivas para subsanar las irregularidades detectadas. La nueva ampliación de la Cárcel, inaugurada en marzo de 2022, incorpora mejoras en la infraestructura tecnológica y física que aportarán mayor seguridad. Sin embargo, dado que las viejas instalaciones seguirán siendo parte del complejo penitenciario, las preocupaciones por la seguridad también persisten. El nuevo sistema Guardian RFID En 2020, la Cárcel implementó el nuevo sistema Guardian RFID, diseñado para vigilar a los reclusos en los centros de detención. Con este sistema, se utilizan los dispositivos portátiles de los agentes penitenciarios para cumplir con los deberes de supervisión de los reclusos a través de funciones electrónicas. Las prácticas procesales obligatorias y vigentes, tales como el recuento de reclusos y los controles de salud y seguridad programados para los mismos, se realizan ahora con estos dispositivos. Dado que los dispositivos registran automáticamente la fecha y hora en que se realizan estas tareas, disminuye la necesidad de recurrir a la documentación manual y también la 104 posibilidad de que se produzcan errores humanos o falsificaciones. La llamada al 911 A los pocos minutos de la fuga del 20 de enero, un conductor que circulaba por la Laurel Avenue vio al fugitivo cruzando la carretera y dirigiéndose a un campo abierto cercano a la cárcel. La persona que llamó al Centro de Despacho del 911 lo describió como un hombre que sólo llevaba pantalones cortos, andaba descalzo y tenía la cabeza rasurada y tatuajes. La persona que llamó también mencionó al operador del 911 que podría tratarse de un preso que había escapado. Cuando el operador transmitió la información a la Policía de Salinas, no se mencionó que la persona que llamó especulaba que podría tratarse de un fugitivo de la Cárcel. El operador no se comunicó con la Cárcel para advertirlos de tal posibilidad. Después de un breve tiempo, la Policía de Salinas dio por cerrado el asunto al no haber encontrado a nadie. Este descuido por parte del Centro de Despacho del 911 evidentemente contribuyó a que la Cárcel se enterara de la fuga con tres horas de demora. Al indagar el MCCGJ sobre el Centro de Despacho del 911, se constató que, debido a este incidente, sus procedimientos fueron actualizados el 31 de marzo de 2021 (Política del Manual de Operaciones Nro. 4930) para reducir las posibilidades de que ocurran fallos similares con las notificaciones en futuros casos. (Véase el Anexo A) Notificación de fuga por parte de la Cárcel El Manual de Operaciones del Sheriff procedimientos de notificación en caso de fuga. La mayoría de esas notificaciones se realizan dentro de la propia organización de la Cárcel y de otras fuerzas de seguridad locales y estatales. Además, se indican otras tres notificaciones:  Llamar al organismo o a la autoridad de donde residía el fugitivo, si era en el condado de Monterey.  Llamar al Centro Médico Natividad, preguntar por la Enfermera Administrativa de turno y dar aviso de la fuga de presos.  Llamar al Refugio para Mujeres Maltratadas y Sin Hogar. 105 La BOS planteó la problemática de que en el Manual de Operaciones no existen requisitos ni pasos para la notificación de fugas de presos a la BOS o a los residentes de la comunidad local. Durante la investigación del MCCGJ, los empleados de la Cárcel señalaron que utilizan Facebook como medio principal de notificación al público, que incluye a la prensa. La Cárcel aseguró que la prensa revisa con frecuencia la página de Facebook de la oficina del sheriff para ver este tipo de notificaciones. Las noticias de los medios de comunicación sobre las fugas analizadas en este informe fueron oportunas y comprueban lo dicho. La decisión de alertar a la prensa y al público de las fugas de presos es en sí una cuestión de seguridad pública. La divulgación de dicha información, de ser apresurada, podría interferir con los esfuerzos de captura y causar miedo o pánico innecesarios al público. Por lo tanto, el qué, el cuándo y el a quién se debe notificar es una cuestión fluctuante. Cuando la evolución de los métodos multifacéticos de comunicación da lugar a un panorama fragmentado de cómo y a quién llega la información, también se plantea la cuestión de qué métodos de comunicación son adecuados en función de las circunstancias. AB1185 La relación entre la BOS y la oficina del Sheriff sigue causando preocupación. La BOS se encarga de supervisar la Cárcel, pero salvo la aprobación del presupuesto anual, son pocas las facultades que tiene la BOS para cumplir con su responsabilidad de supervisión. El 30 de septiembre de 2020 se aprobó el Proyecto de Ley 1185 de la Asamblea del Estado de California (AB1185), concebido para aumentar la comunicación, la transparencia y la responsabilidad en este ámbito. Dicha ley autoriza a las juntas de supervisores del condado a nombrar un inspector general o un consejo de vigilancia con facultades citatorias, lo que tiene por objeto reforzar la relación de la BOS con la Oficina del Sheriff y la Cárcel. Las ventajas de la implementación de la AB1185 serán las siguientes:  Mayor transparencia para la BOS y el público, que son quienes votan al Sheriff.  Electores mejores informados sobre las operaciones de la Oficina del Sheriff y de 106 la Cárcel, lo que resultaría beneficioso para todos.  Un mediador y canal de información entre la BOS, que se encarga de la supervisión, y la Oficina del Sheriff y la Cárcel, que dependen de la BOS.  Continuidad en el tiempo, ya que el consejo de vigilancia exigido tendría las facultades que no posee la BOS.  Mejora de los problemas de personal y de las condiciones laborales. Nótese que el AB1185 establece que el nuevo consejo de vigilancia o inspector general no interferirá con las funciones de fiscalización independientes del Sheriff. También prevé que la autoridad actual de la BOS sobre el presupuesto de la Oficina del Sheriff no se verá afectada. Personal de la Oficina del Sheriff y de la Cárcel En su investigación, que incluye la revisión de informes anteriores del Gran Jurado, el MCCGJ constató que la dotación de personal de la Oficina del Sheriff y de la Cárcel representa un problema desde hace tiempo y lo sigue siendo en la actualidad. En 2012, con la implementación del AB109, el presupuesto de la Oficina del Sheriff se redujo en casi un millón de dólares. Esto se tradujo en el despido de aproximadamente 90 empleados en toda la Oficina del Sheriff y puso de manifiesto la desconexión entre la BOS y la Oficina del Sheriff. Es importante señalar que el personal del departamento del sheriff se redujo de 473.5 a 388.5 de 2009 a 2011. El caso de Jesse Hernandez, y otros v. el Condado de Monterey, Oficina del Sheriff del Condado Monterey (MCSO) y el Grupo Médico Forense de California (CFMG, por sus siglas en inglés), concluido en 2015, identificó fallas en el cumplimiento de la ley por parte de la Cárcel. A fin de cumplir con los requerimientos del acuerdo, parte del personal de patrulla en el condado de la Oficina del Sheriff fue transferido a la Cárcel. Esta reducción en el personal de patrulla dejó a los ciudadanos del Condado de Monterey desatendidos en comparación con años anteriores. La División de Patrulla de la Oficina del Sheriff opera desde tres comisarías. La Comisaría Central (Salinas) se encarga de patrullar todo el norte del condado, desde 107 Valle del Salinas hacia el sur hasta Gonzales, y hacia el oeste hasta la mitad del camino hacia Monterey. La Comisaría Costera (Monterey) cubre las zonas no incorporadas de la Península de Monterey, Valle de Carmel y las zonas costeras hasta la línea del condado de San Luis Obispo. La comisaría del Sur del Condado (King City) abarca el sur del Condado de Monterey, desde Gonzales hacia el sur hasta el límite del Condado de San Luis Obispo y hacia el oeste hasta la montaña Santa Lucia Range. Los siguientes gráficos comparan el personal y los presupuestos de la Oficina del Sheriff y de la Cárcel en los años 2010 y 2020. La categoría “otro tipo de personal” en el primer gráfico incluye el personal de apoyo administrativo, la capacitación, la unidad forense y los servicios judiciales. A CONTINUACIÓN, SE MUESTRA EL ORGANIGRAMA DE LA OFICINA DEL SHERIFF 108 Oficina del Sheriff Stephen Bernal Jayne Surbeck Vigencia 30/6/2021 Sheriff-Forense Secretario Admin-Confidencial John Thornburg Recursos Humanos Central Subsheriff Analista de Personal Senior Analista de Personal Asoc. Técnico de Personal-Conf. Oficina de K O A p e d e j v u ra i n n c t i o o O n Pr e a i s n k c A i l d p e m a y l i nistrativas Secr J e e t s a u r c ia it - a C o R n o f b . l S e e s n ior Oficina d J e o O A h p d n j . u d n T e t h o Fu o P e r r r in z n a c b s ip d u a e l r S g e guridad Ofic J in o a A h d d n j e u O n T t p h o . o P C r o r i r n n r c e b i c p u c a i l o r n g a les Estándares Prof. y Capacitación Capitán Comandante del Sheriff División de Patrulla División Especial de Fuerzas de Seguridad División/Operaciones de Cárcel Coord./Investigador de Seguridad Patrulla Central Comandante del Sheriff S S h h e e r r i i S f f f a f A S D r D e s g e C e u c e l a r l n e n e e p g t t g t o a o a a a c s s d r d i i o I d t o o n a - e - t C S c O l e e i o S ó p r n r h n n e r i e o o e ra r r s c i c c ff i i o o n n e e s s S S E h h s e e p C C r r . C o o i i S e f f o C a m m f f n m r o D D a a g R m e e i n n e e s l l n d d e e i a g s t a a g g i r a o s í n n a a a r t s d d r t t í a o e e d d o o s e C e - - d d O O l l d o e e S S p p e s l l u h t l e e S S e r e S h h r r r a a r h d e e a i c c e f e r r f i i i i r o o l f f i f f f n n f e e II s s F E u B q e ú u E rz s q ip q a u o u d ip e A e S o d H n W C a d t N a i A e y e T m T x R B p p e u l o s o c c e s M a i o v t ó o e v s i l S E a s r p g e e c n D i C a t A e o o li s l m s i i d t t s I a o e t n a e s n v e I D n n d e C n t e v s a o e I e t t n n n e i d s g t t t c t e e e a r i t g a c l i d O i v a i g P o e e c f e i e l n s i c n ó S r e i c n n s h s i o a a e d n r I e C i I a f I l r f s i S m he in r a if l f G Ad er ju e n n P t t E B o e r d i o b d u d J g l B e c e i r o a C a P P t c T m e r r i ó o o c a a n g g s r r a a m m a a s s Condado MADCAT Gere O n f t ic e i n C a iv C il i ( v M il A I) Co Sa m r a g n en d t a o n s t e d e d l e S l h S e h r e if r f i ff Servicios Comunitarios Sherif U f n D i e d l a e d ga d d e o F -O or p e e n ra se ci ones Com A a d n m da i n n t is e t r d a e t l i v S o h eriff Notificador Civil Sheriff Delegado-Operaciones Comandante Sargento de Investigación del Sheriff Director de Aramark Administrativo Civil Senior Esp. en Registros del Sheriff II Sargento del Sheriff Detectives Médico Adm T in é i c s n tr i a c t o i v C o o d n e ta C b u le e ntas E C s o p o e r c d ia in li a st d a o e r n d e P r M ev a e n n t c . i d ó e n V d e e h D íc e u li l t o o s s Técn T ic ra o n d s e c r A ip u t t o o r p M sia é s d F ic o o r e II n ses Se A g l u te ri r d n a a d ti v H a o L sp ab it o a r la a r l ia Sheriff Delegado-Operaciones Oficiales de Control de Vehículos Patólogo Forense Servicios Religiosos Asistente de Oficina III Unidad de Servicios Forenses Enlaces de Inspección (BSCC, Técnicos de Pruebas Forenses Incendios, Salud) Técnico de Propiedades del Sheriff Defensor del Pueblo (MA III) División Fiscal Asistente de Oficina III (Servicios Gerente de Finanzas II de Correspondencia y Biblioteca Contador II para Reclusos) Contador III Contratos Cocina y Comisaría Administrativo de Cuentas Senior Gerente de Contratos (MA II) Mantenimiento de Instalaciones Supervis T o é r c A ni d c m o . C d o e n t C a o b n le ta bilidad In A d n e a m lis n t i a z a d c e ió P n e r L s a o b n o a r l a l D Sh iv e is ri i S f ó f a n D r g d e e e le n S g to e a s r d v o d ic - e C i l o o S s r h r J e e u r c d i c f i f i c o ia n l e e s s S S a C S a r a o g r r g m e g e n e a n t n n o t t o d o S d a d o e d n e p e t C o e C u T r l d m t r a e a e s p n i l f l S s i i c m p h a o e i c e r r i t i ó n f e f n t o y E P sp ro e C y c o e ia m c l t i p o p s C t a s r o a a / r n Ó a s S s e y r R t d n r e S u e i c u o c n l m r c u e i e s ó s i o n n n d s i s S e t e r T r o r v s a i c b i a o j s o Unidad de Sistemas de Información Unidad de Clasificación DISM II Unidad de Transporte Disc. Senior Capacitación en Sitio/FTO Guardia División de Registros/Órdenes Supervisor de Esp. Correccionales Comandante del Sheriff Supervisores de Reg. del Sheriff Esp. en Correccionales Senior Sargentos de Turno Esp. Senior en Reg. del Sheriff Especialista en Correccionales Primer Guardia Especialista en Reg. del Sheriff II Matrimonio/Pases Segundo Guardia Especialista en Reg. del Sheriff I Telmate Tercer Guardia Comandante Suplente de Turno Programación A CONTINUACIÓN, SE MUESTRA LA VISTA AÉREA DE LA CÁRCEL DEL CONDADO DE MONTEREY 109 CONCLUSIONES
F10
Aunque las Normas Nacionales de Incendios recomiendan cuatro bomberos por motor, NCFPD sólo cuenta con dos y MCRFD con tres.
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R10
Antes del 31 de diciembre de 2022, el MLHD debe formar un comité con los arrendatarios de la parte norte y sur del puerto.
F11
La consolidación podría apoyarse si todas las partes interesadas participaran activamente en el proceso de planificación.
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R11
Antes del 1 de septiembre de 2022, el MLHD debe publicar las reuniones de la BOC, los paquetes de agenda en la cartelera de anuncios de la parte sur del puerto y en un lugar destacado en la parte norte del puerto. El MLHD debe publicar las actas de las reuniones de la BOC de manera oportuna para mejorar la transparencia.
F12
En la consolidación, las economías de escala (redacción de subvenciones, costos administrativos, ingresos compartidos, recursos humanos) podrían beneficiar a ambos distritos. RECOMENDACIONES
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R12
Antes del 31 de diciembre de 2022, el MLHD instalará los equipos de seguridad requeridos en los muelles.
F13
Existe la posibilidad de que se produzca una alteración fiscal significativa con la pérdida continua de la ADA y el fin de la financiación federal adicional que se produce al mismo tiempo. RECOMENDACIONES
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R13
El MLHD debe garantizar el funcionamiento continuo de las instalaciones de bombeo disponibles en el puerto. RESPUESTAS REQUERIDAS De conformidad con el Código Penal §933 y 933.05, el Gran Jurado Civil solicita 126 respuestas de los siguientes órganos rectores en un lapso de 90 días: • Distrito Portuario de Moss Landing Hallazgos: F1-19 Recomendaciones: R1-13 RESPUESTAS INVITADAS • Club náutico Elkhorn Hallazgos: F1-19 Recomendaciones: R1-13 Los informes emitidos por el Gran Jurado no identifican a las personas entrevistadas. La sección 929 del Código Penal requiere que los informes del Gran Jurado no contengan el nombre de ninguna persona o hechos que conduzcan a la identidad de cualquier persona que proporcione información al Gran Jurado. BIBLIOGRAFÍA (1) 2002-2003 Informe del Gran Jurado Civil del Condado de Monterey, “Distrito Portuario de Moss Landing” (2) “As Moss Landing reinvents itself,” (Mientras Moss Landing se reinventa) The San Jose Mercury News, 12.30.2018 (3) Puntos de la agenda del MLHD: Reemplazo de la Pila de Moss Landing por Associated Pacific Constructors 5/10/2020, lechada de estacionamiento singular de Boyd Asphalt Services 10/27/21 (4) Mapa de límites del Distrito Portuario de Moss Landing, LAFCO, febrero de 2006 (5) Audiencia CDP de la Comisión Costera de California 11/26/2019, ”Trayectoria de Moss Landing 3-19-0340” (6) Código de Regulaciones de California, Sección 4405, “Trabajar sobre el agua”, re: escaleras de muelle (7) Información Legislativa de California, Código de Puertos y Navegación (NHC), División 6, Muelles y Puertos (1690-1699), Artículo 1. Conclusiones legislativas (1690) y artículo 2. Jurisdicción y Poderes de la Junta (6270-6276). (8) “The Changing Face of Moss Landing” (La cara cambiante de Moss Landing), Santa Cruz Sentinel 12/22/2018, actualizado el 09/20/21, Hannah Hagemann. Reimpreso en el Monterey Herald el 12/20/18. (9) Oficina de Desarrollo Económico del Condado, Dra. Caroline Pomeroy y Dr. Michal Dalton. (10) “Draft Environmental Assessment and 404 (b)(1) Analysis for MLHD Maintenance Dredging” (Evaluación ambiental preliminar y análisis 404 (b)(1) para el dragado de mantenimiento del MLHD), Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EE. UU., Distrito de San Francisco, mayo de 2020. (11) Descripción del trabajo: Capitán y personal de puerto (12) Informe del Distrito Portuario de LAFCO Moss Landing 2021 (13) “Electronic Latitude: Local Cruising Destinations - Moss Landing Harbor” (Latitud electrónica: Destinos de cruceros locales: puerto de Moss Landing), Tom Burden, 06/01/2020. latitud 38.com, (14) Boletas de solicitud de mantenimiento 01.-16.2019 hasta 01.02.20--promedio 25-30/mes (15) Comprobantes de solicitud de mantenimiento de enero al 13 de mayo de 2021, promedio de 20+/mes (16) Cámara de Comercio de Moss Landing [email protected] (17) Plan Comunitario de Moss Landing, borrador de noviembre de 2020, www.co.Monterey.ca.us/home/showpublisheddocument/97823/6374000985909 128 00000 (18) “Moss Landing’s Live-aboard Exist by Their Own Rules” (Vidas a bordo de Moss Landing existen por sus propias reglas), Semanario del Condado de Monterey, 10/19/2006, Stuart Thornton (19) MLHD www.mosslandingharbor.dst.ca.us (20) “Solicitudes para Atraque-sin vidas a bordo del MLHD (21) MLHD: “Presupuesto al término del ejercicio fiscal 06/30/21 (comparando el final del ejercicio 06/30/2015 hasta el final del ejercicio 06/30/21) (22) Lista de tarifas del MLHD Revisada al 1 de julio de 2016, Tabla 20.10 (23) Políticas generales de seguridad del MLHD para empleados (24) Informe y estados financieros del auditor independiente del MLHD al término de los años fiscales 2018, 2019, 2020 (25) Código de Ordenanza del MLHD (26) Organigrama de MHLD (muestra 14 empleados, pero solo diez clasificados por nombre y dos cargos de mantenimiento abiertos. (27) Respuestas del MLHD al Informe del MCCGJ para 2002; "Moss Landing Harbor District” (Distrito Portuario de Moss Landing). (28) Informe del personal del MLHD 12/15/21 “Proyectos pendientes” [tres de cuatro en espera o en trámite de permisos; cuarta cancelación de contrato con Mahoney & Associates (agente de cotización del MHLD para el edificio comercial de la parte norte del puerto) (29) Resolución No. 99-1 (11/19/1999) Aprobación de Estatutos/Elección de Directivos de Compañía de Financiamiento del MLHD (30) ROBSON Forensics "Marina Drownings, Life Rings, and Safety Ladders” (Ahogamientos en marinas, salvavidas y escaleras de seguridad) (31) Factura de servicios de seguridad de ROI “Capacitación anual en seguridad (04/27/21) para seguridad en la construcción en el sitio, protección contra caídas, seguridad eléctrica, escaleras, atrapadas en medio (HAZCOM) (32) Informe de LAFCO de San Mateo sobre el Distrito Portuario del Condado de San Mateo (07/15/2015) (33) “Socioeconimics of the Moss Landing Commercial Fishing Industry” (Socioeconomía de la industria pesquera comercial de Moss Landing), informe para el Condado de Monterey (34) UFC 4-152-01 (enero de 2017) pág. 7-9, “Safety Ladders and Life Rings” (Escaleras de seguridad y salvavidas) (35) Oficina de publicaciones del gobierno de los EE. UU., Registro del Congreso 129 (edición encuadernada), vol. 153 (2007), Parte 21, págs. 29151-29152, “60th Anniversary of the Moss Landing Harbor District” (60 aniversario del Distrito Portuario de Moss Landing) 130
F14
El MCCGJ observó equipos de seguridad (anillos salvavidas y cuerdas) que están en mal estado y requieren reemplazo.
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F15
El MCCGJ no encontró escaleras de seguridad colocadas adecuadamente para permitir que las personas salgan del agua de manera segura.
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F16
La BOC del MLHD no publica constantemente la agenda de la junta fuera de la oficina en la parte sur del puerto y no publica en ningún lugar en la parte norte del puerto.
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F17
El MLHD no actualiza las agendas de la BOC en la página web de manera oportuna.
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F18
El MCCGJ verificó que los miembros actuales de la junta hayan recibido clases de la Ley Brown, capacitación en ética AB 1234 y que los miembros de la junta hayan recibido capacitación en gestión de la Asociación de Distritos Especiales de California u otra organización calificada.
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F19
El MCCGJ descubrió que el MLH experimenta fallas recurrentes en la instalación de bombeo, lo que obliga a los arrendatarios de amarres a navegar a otros puertos para limpiar los desechos. El MLH no publica avisos de las interrupciones ni cuándo el servicio estaría disponible nuevamente. RECOMENDACIONES
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